Excepciones Dilatorias en Argentina en Argentina
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Excepciones Dilatorias
Explicación y/o Definición de Excepciones Dilatorias que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Las que no tienen por objeto destruir la acción del actor, sino solamente retardar la entrada en el juici. Tales son, p. ej.: las excepciones de incompetencia de jurisdicción, o las de defecto legal en la forma de proponer la demanda, la de litispendencia y de falta de personalidad en eldemandante, en el demandado o en sus procuradora o apoderados. (v. Arts, 83 y sigtes. C. Proc. Nac.)(1)
Excepciones Dilatorias en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Excepciones Dilatorias en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976