Error Común

Error Común en Argentina en Argentina

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Definición de Error común

Según el concepto de Error común que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Error común hace referencia a lo siguiente:

Aquella inexactitud, la equivocación o falsedad, ya sobre un hecho, ya sobre un derecho, aceptada como verdad por todos o la mayor parte de la gente. Según un aforismo tradicional del Derecho Romano: Error communis facit Ius (el error común hace Derecho); o sea que la creencia popular tiene fuerza de ley mientras no se demuestre su inexactitud. En el Cód. Civ. arg. se declara: «El error común sobre la capacidad de los testigos mcapaces que hubiesen intervenido en los instrumentos públicos, pero que generalmente eran tenidos como capaces, salva la nulidad del acto» (art. 991).

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