Dominio Directo en Argentina en Argentina
Definición de Dominio directo
Según el concepto de Dominio directo que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Dominio directo hace referencia a lo siguiente:
Dícese de la persona que ostenta quien ha dado a otro el aprovechamiento de los frutos, pero conservando la propiedad de la cosa que los produce. (Véase asimismo CENSO, ENFITEUSIS, NUDA PROPIEDAD, USUFRUCTO)