Desistimiento

Desistimiento en Argentina en Argentina

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Definición de Desistimiento

Según el concepto de Desistimiento que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Desistimiento hace referencia a lo siguiente:

El desistimiento es, en materia procesal, el acto de abandonar la instancia, la acción o cualquier otro trámite del procedimiento. Puede ser expreso o tácito; el desistimiento tácito se opera al dejar vencer voluntariamente el término procesal. Puede también desistirse del derecho material invocado en el proceso.

Concepto Alternativo del Término

En lo penal, interrupción o apartamiento voluntario del delito intentado, de aquel cuya ejecución se había iniciado. Puede determinar, sin más, la absolución del procesado que pruebe tal situación y siempre que no se hayan originado ya infracciones, aun menores, punibles (según la definición proporcionada por el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual).

Desistimiento en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Desistimiento

Definición de desistimiento en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Acto de abandonar la instancia, la acción o cualquier otro trámite del procedimiento. (DCPJS). Todo desistimiento deberá ser formulado fehacientemente por la parte interesada, su representante legal o apoderado. (Dto1). Desistimiento en inglés: desisting. Desistimiento en francés: désistement.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre desistimiento basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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