Deshonestidad

Deshonestidad en Argentina en Argentina

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Definición de Deshonestidad

Según el concepto de Deshonestidad que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Deshonestidad hace referencia a lo siguiente:

La Academia, pese a la trascendencia del vocablo, en tiempos pretéritos sobre todo, lo define indirectamente, por la calidad de deshonesto: lo impúdico y, en remisión nueva, lo falto de honestidad (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Deshonestidad puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).

Concepto Alternativo del Término

«Además, con holgura extrema, lo no conforme -o disconformidad, para la voz principal aquí- con la razón o las ideas recibidas por buenas, que implica ya bastante relatividad, y hasta transparencia de temporalidad.

Concepto Alternativo del Término

Por último, como anticuado -que personalmente rechazamos, dada su vigencia como deshonestidad-, lo indecoroso, lo grosero y lo descortés (esto sí ya fuera del uso actual)». Luis Alcalá-Zamora completa sus apreciaciones anteriores sintetizando la deshonestidad «cual impudor, inmoralidad y lascivia, en una escalada-de desenfado sexual». En sí v como sexualidad punible. la deshonestidad repercute en los delitos de abuso deshonesto, adulterio, corrupción, estupro, rapto, ultraje al pudor y violación (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Deshonestidad puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).

Deshonestidad en el Derecho Argentino

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