Derecho Penal

Derecho Penal en Argentina en Argentina

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Definición de Derecho Penal

Según el concepto de Derecho Penal que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Derecho Penal hace referencia a lo siguiente:

Conforme a la acepción contenida en el Diccionario de la Academia, el que establece y regula la represión y castigo de los crímenes o delitos por medio de la imposición de las penas, definición notoriamente equivocada, porque no cabría reprimir y castigar los delitos si previamente no se hubiesen determinado las acciones que han de considerarse delictivas. De ahí que el Derecho Penal lo primero que ha de hacer es fijar los bienes jurídicos que han de ser protegidos penalmente y, sobre esos principios, variables en el tiempo y en el espacio, configurar específicamente los delitos y establecer la nena que a cada uno de ellos corresponde. Otra cosa equivaldría a quebrantar el aforismo, respetado por todos los pueblos que defienden la libertad y la dignidad de las personas, de que no hay pena, como tampoco hay delito, sin previa ley que los establezca. En los tiempos actuales, sólo los regímenes totalitarios y tiránicos han declarado la posibilidad de imponer penas sin una configuración previa de los hechos a que se tienen que aplicar.

Más sobre Derecho Penal

La apreciación precedente encuentra apoyo en la definición que Jiménez de Asúa da del Derecho Penal, cuando dice que es un «conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora». R. C. Núñez lo define como «la rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar y aplicar medidas de seguridad a los autores de infracciones punibles». Esta visión del Derecho Penal (enjuiciada en sus términos y sin tener en cuenta otras consideraciones del propio autor) tal vez adolezca del mismo defecto que la acepción expuesta por la Academia; es decir que circunscribe la disciplina de que se trata ala facultad de castigar a los autores de infracciones punibles; pero omite la expresión de que el Derecho Penal debe señalar, en primer término, cuáles son las infracciones punibles. Fontán Balestra dice que «es la rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas bajo amenaza de sanción». Se advierte que en esta definición se contemplan los dos principales aspectos del Derecho Penal: la determinación de los hechos delictivos y su sancionabilidad.

Derecho Criminal o Penal

Explicación y/o Definición de Derecho Criminal o Penal que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: El que define las infracciones, organiza las penas y otras medidas de seguridad y determina las condiciones de la responsabilidad penal.-(1)

Sentidos de la expresión en Relación con los Sentidos de la Expresión «Derecho Penal»y los Elementos de de la Ciencia del Derecho Penal

Sumario

Nota: el siguiente texto acerca de sentidos de la expresión es producido por la Dra. Glenda Laura Vidarte de Sánchez Dansey, pero ni la Enciclopedia Jurídica ni el Proyecto Lawi deben coincidir, necesariamente, en los planteamientos del texto.

Al hablar de derecho penal se lo puede hacer usando tres acepciones: a) Como ciencia o dogmática jurídico-penal, es la disciplina que se preocupa de la interpretación, sistematización y desarrollo de los preceptos legales y las opiniones científicas en el ámbito del derecho penal, b) Como derecho penal en sentido subjetivo (ius puniendi o potestad punitiva) alude a la facultad estatal de castigar. c) Como derecho penal en sentido objetivo, está constituido por las normas del derecho positivo que regulan aquella potestad punitiva para proteger la convivencia humana en comunidad, distinguiéndose se las demás ramas del derecho por las especiales y más enérgicas consecuencias jurídicas imponibles a los comportamientos socialmente más insoportables. (..)

La expresión Derecho Penal, en una de sus acepciones, refiere al conjunto de disposiciones jurídico-penales. En este sentido, derecho penal es sinónimo de legislación penal. Pero también la expresión hace referencia a la ciencia que tiene como objeto de estudio precisamente, a la ley penal.

Derecho Penal en el Derecho Argentino

El derecho penal es una herramienta para la convivencia en paz dentro de una comunidad. La comunidad define cuáles son los principales valores que quiere defender para garantizar esa convivencia, y a través del derecho penal aplica una pena a quienes transgreden tales valores en perjuicio de sus integrantes. El efecto retributivo de la pena es asegurativo de esos valores, y tiene por finalidad, fundamentalmente, disuadir de conductas futuras semejantes.

Si en lugar de mirar el tema desde esta óptica general ponemos atención en quienes transgreden aquellos valores, podemos considerar en abstracto que deciden atacarlos con el fin de obtener una ventaja y, paralelamente, asumiendo el riesgo de sufrir la pena que la comunidad promete como consecuencia de tal proceder.

Considero que esta visión es relevante para tomar decisiones en el sistema penal, porque entiendo que desde esta visión, y sin perjuicio de los contextos sociales y culturales favorables al delito, la principal causa de la inseguridad viene a ser la posibilidad cierta que tiene el transgresor de evadir la aplicación de la pena, sea por falencias de la propia ley penal o de la organización y el funcionamiento del sistema de aplicación de dicha ley, en el que incluyo la prevención policial, los procedimientos investigativos y judiciales, y el servicio penitenciario.

Fuente: Dr. Federico Pinedo, Fundamento de las Disidencias del Anteproyecto de Código Penal

Visión General

Recursos

Véase También

  • Derecho Penal
  • Definición del Derecho Penal
  • Objeto de estudio de la Ciencia del Derecho Penal
  • Noción del Derecho Penal
  • Principales Características del Derecho Penal
  • Misión del Derecho Penal
  • Teorías de las Penas

Notas y Referencias

  1. Voz de Derecho Criminal o Penal en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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