Derecho Penal Canónico

Derecho Penal Canónico en Argentina en Argentina

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Definición de Derecho Penal Canónico

Según el concepto de Derecho Penal Canónico que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Derecho Penal Canónico hace referencia a lo siguiente:

Conjunto de normas mediante las cuales la Iglesia, definiendo delitos y aplicándoles penas, asegura la vigencia de su orden societario (L. A. Gardella).

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La potestad punitiva de la Iglesia ha pasado por diversas normas. En un principio sólo imponía penas espirituales, que recaían no sobre delitos, sino sobre pecados, pero, a través de la Edad Media y hasta tiempos no muy lejanos, se reconoció a la Iglesia la facultad de imponer penas materiales, cuya ejecución era generalmente llevada a efecto por la autoridad civil, aun cuando muchas veces corriesen a cargo de la propia Iglesia. En la actualidad, la Iglesia carece de jurisdicción para entender en materia de delitos y para imponer penas materiales. Únicamente impone penas espirituales, como sanción a los pecados o a los delitos de orden canónico.

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