Depósito de Personas

Depósito de Personas en Argentina en Argentina

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Definición de Depósito de personas

Según el concepto de Depósito de personas que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Depósito de personas hace referencia a lo siguiente:

La fórmula del depósito de la mujer y de los hijos en casa honesta, establecida en la Argentina por la lev de matrimonio civil, ha sido suprimida por la ley 17.711, que deja al juez ladecisión de si alguno de los consortes debe retirarse del hogar conyugal y la determinación de a cual de ellos corresponde la guarda de los hijos. No hay, pues, depósito de esas personas. Esto sin perjuicio de la guarda que, para la protección de las personas, puede decretar el juez en los casos previstos por el Código Procesal Civil. (Véase asimismo DEPÓSITO DE MENORES E INCAPACES.)

Depósito de Personas

Explicación y/o Definición de Depósito de Personas que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: El que se verifica por orden de juez competente con el objeto de amparar a la persona abandonada o en estado de experimentar violencia. Así procede el depósito de una mujer casada que haya intentado o contra quien se intente demanda de divorcio, nulidad de matrimonio o querella de adulterio; de mujer menor de edad que hubiese de contraer matrimonio en contra la voluntad de sus padres, tutores o curadores; de menores o incapaces maltratados por sus padres, etc. (Art. 412 del C.P.Civ. prov de Bs As)(1)

Depósito de Personas en el Derecho Argentino

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Notas y Referencias

  1. Voz de Depósito de Personas en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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