Demanda de Tercería en Argentina en Argentina
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Definición de Demanda de tercería
Según el concepto de Demanda de tercería que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Demanda de tercería hace referencia a lo siguiente:
Se substancia en pieza separada, por los trámites correspondientes al juicio declarativo pertinente por la cuantía. Las demandas de tercería no suspenden el curso del juicio ejecutivo del cual sean incidencia. Con esta demanda ha de presentarse el título en que se funde el dominio o el mejor derecho del demandante, requisito indispensable para darle curso. No se admite segunda tercería fundada en iguales títulos y la oposición a esta otra demanda de tercería se tramitará como excepción dilatoria. Tanto el ejecutante como el ejecutado deberán contestar la demanda de tercería en este litigio triangular. Si no lo verifican, o si se allanan, el juez llamará los autos a vista, con citación de las partes, y dictará sentencia, apelable en ambos efectos. (Véase asimismo JUICIO EJECUTIVO, TERCERIA.)
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