Decreto

Decreto en Argentina en Argentina

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Definición de Decreto

Según el concepto de Decreto que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Decreto hace referencia a lo siguiente:

Resolución del Poder Ejecutivo que va firmada por el rey en las monarquías constitucionales, o por el presidente en las repúblicas, con el refrendo de un ministro, generalmente el del ramo a que la resolución se refiere, requisito sin el cual carece de validez. Los decretos han de ser dictados dentro de las facultades reglamentarias que incumben al Poder Ejecutivo para el cumplimiento de las leyes, y sin que en modo alguno puedan modificar el contenido de éstas. Constituyen el medio de desarrollar la función administrativa que le compete. Por eso Couture lo define como resolución del Poder Ejecutivo nacional o departamental, de carácter general o particular, expedida en el ejercicio de sus poderes reglamentarios o de su función administradora. Dentro del orden de importancia, el decreto la tiene, naturalmente, inferior a la ley y superior a las órdenes y resoluciones de origen y firma puramente ministerial, e incluso de organismos públicos de inferior categoría.

Más sobre Decreto

También se llaman decretos, en sentido general y de uso poco corriente, las resoluciones de mero trámite dictadas por los jueces en el curso de un procedimiento (Couture), acepción esta recogida igualmente por el Diccionario de la Academia. Dentro de ese vocabulario judicial, algunas legislaciones procesales, como la uruguaya, denominan decreto de sustentación las providencias interlocutorias que en el curso de la instancia dicta el juez, no para resolver incidentes ni pronunciarse sobre el fondo de la cuestión debatida, sino para asegurar el desenvolvimiento y la prosecución del juicio.

Más Detalles sobre Decreto

Cabanellas, coincidiendo con las expresiones usuales, advierte que cuando la resolución emana del Poder Legislativo, es llamada lev, y si del Poder Judicial, se llama sentencia. La denominación de decreto queda reservada para las resoluciones administrativas.

Desarrollo

En Derecho Canónico, se conoce con el nombre de decreto la constitución o establecimiento que ordena o forma el papa, previa consulta con los cardenales.

Decreto en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Decreto

Definición de decreto en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Expresión de voluntad del Poder Ejecutivo, que puede tener por contenido un acto administrativo individual o un reglamento de cualquier especie. (L17: 21). El decreto puede tener vigor y curso dentro de la Administración Pública Nacional, fuera de ella o en ambas esferas al mismo tiempo. (L17: 21). Decreto en inglés: decree. Decreto en francés: décret.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre decreto basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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