Daño Universal en Argentina en Argentina
Definición de Daño universal
Según el concepto de Daño universal que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Daño universal hace referencia a lo siguiente:
En la definición de Carrara sobre los delitos sociales, se entiende que causan un daño universal aquellos que afectan a todos los individuos no en sus derechos particulares, sino como individuos integrantes de una comunidad, como sucede cuando se ataca la justicia, aun cuando la ofensa vaya dirigida aun juez.