Daño Particular en Argentina en Argentina
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Definición de Daño particular
Según el concepto de Daño particular que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Daño particular hace referencia a lo siguiente:
- Figuras de la Filosofía Medieval
- Educación Renacentista
- Educación en la Edad Media
- Estudio de la Comunicación
- Interpretación del Origen del Hombre
- Glosario de Relaciones de Confianza
- Glosario de Liderazgo Directivo
- Glosario de Ventas
- Glosario de Cambio Positivo en el Trabajo
- Glosario de Liderazgo del Lean Six Sigma
En el sistema carrariano consiste en el daño inmediato que producen los delitos a un individuo o a un grupo de individuos en sus derechos particulares; es decir, en aquellos en los cuales solamente el individuo o el grupo afectado están directamente interesados, como sucede en el hurto, en el homicidio, o en las lesiones que afectan directamente el patrimonio, la vida o la integridad física de las víctimas, y no a los demás- integrantes de la comunidad, cuyos derechos a la propiedad, a la vida o a la integridad física no se encuentran afectados.
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