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Daño Material en Argentina en Argentina
Definición de Daño material
Según el concepto de Daño material que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Daño material hace referencia a lo siguiente:
El daño (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Daño material puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) puede ser de dos tipos: material o moral. Entiéndese por la primera especie aquel que, directa o indirectamente, afecta un patrimonio, aquellos bienes (cosas o derechos) susceptibles de valuación económica. (Véase asimismo AGRAVIO MATERIAL.)