Daño Irreparable

Daño Irreparable en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Daño irreparable

Según el concepto de Daño irreparable que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Daño irreparable hace referencia a lo siguiente:

Locución que, en algunos léxicos jurídicos, equivale al gravamen irreparable con que en Derecho Procesal se caracteriza el perjuicio que sufre una de las partes litigantes por una resolución interlocutoria que decide una cuestión no susceptible de su modificación en la sentencia definitiva.

Daño Irreparable en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario