Damnificado Directo E Indirecto en Argentina en Argentina
Definición de Damnificado directo e indirecto
Según el concepto de Damnificado directo e indirecto que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Damnificado directo e indirecto hace referencia a lo siguiente:
Llámase damnificado directo la víctima inmediata del delito, y damnificado indirecto, aquel que resulta perjudicado en su persona o derechos sólo en forma refleja, por encontrarse vinculado de alguna manera con la víctima del acto ilícito.