Culpa Contractual

Culpa Contractual en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Culpa contractual

Según el concepto de Culpa contractual que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Culpa contractual hace referencia a lo siguiente:

Llámase así la que se deriva del incumplimiento de un contrato y que obliga al culpable al resarcimiento de daños y perjuicios. Se entiende que la causa del incumplimiento ha de ser atribuible a quien lo incumple, y no a causas fortuitas o de fuerza mayor. (Véase asimismo CULPA DELICTUAL.)

Culpa Contractual

Explicación y/o Definición de Culpa Contractual que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La que deriva del incumplimiento de la obligación pactada. (v. Culpa).(1)

Culpa Contractual en el Derecho Argentino

Visión General

Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Culpa Contractual en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

Deja un comentario