Culpa Civil en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Definición de Culpa civil
Según el concepto de Culpa civil que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Culpa civil hace referencia a lo siguiente:
En contraposición a la culpa penal -considerada genéricamente en la voz CULPA (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Culpa civil puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica)-. se entiende por culpa civil la que compromete la responsabilidad civil de quien incurre en ella. A veces pueden presentarse conjuntamente ambas responsabilidades.
- Todo sobre Asiria y los Asirios
- Examinando la Educación Medieval y Renacentista
- Filosofía Griega, Primitiva y Medieval
- Glosarios de Gestión de Producto, de las Diferencias y la Confianza
- Esquemas de Historia hasta 1920
- Economía Latinoamericana y su Historia
- Esquemas de Historia y América Precolombina
- Conflictos en la Historia y el Presente
- Organizaciones y Aspectos Latinoamericanos
Culpa Civil
Explicación y/o Definición de Culpa Civil que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Por oposición a «culpa personal», hecho suceptible de comprometer la responsabilidad civil del autor.(1)
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Culpa Civil en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976