Contrato Verbal en Argentina en Argentina
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Definición de Contrato verbal
Según el concepto de Contrato verbal que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Contrato verbal hace referencia a lo siguiente:
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Los actos jurídicos, los contratos entre ellos, pueden celebrarse en cualquier forma salvo cuando por la ley se exija alguna determinada. En consecuencia, tienen completa validez los que se convienen de palabra. Ahora bien, el contrato verbal ofrece generalmente la dificultad de la prueba; por ello es corriente en las legislaciones exigir la forma escrita respecto a ciertas materias o por encima de determinadas cantidades, (Véase asimismo CONTRATO ESCRITO.)
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