Contrato Usurario

Contrato Usurario en Argentina en Argentina

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Definición de Contrato usurario

Según el concepto de Contrato usurario que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Contrato usurario hace referencia a lo siguiente:

Si la palabra usura tiene etimológicamente el sentido lícito de interés que se lleva por el dinero o el género en el contrato de mutuo o préstamo (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Contrato usurario puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), tiene también una acepción peyorativa que se refiere al interés excesivo en un préstamo. Este segundo significado es el de uso corriente y el que contiene más importantes derivaciones jurídicas; entre ellas, la anulabilidad del acto cuando una de las partes, explotando la necesidad, ligereza o inexperiencia de la otra, obtenga una ventaja patrimonial desproporcionada y sin justificación. (Véase asimismo SOCIEDAD LEONINA, USURA.)

Contrato Usurario en el Derecho Argentino

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