Confesión en Argentina en Argentina
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Definición de Confesión
Según el concepto de Confesión que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Confesión hace referencia a lo siguiente:
Declaración que, sobre lo sabido o hecho por él, hace alguien voluntariamente o preguntado por otro.
Concepto Alternativo del Término
Reconocimiento que una persona hace. contra ella misma, de la verdad de un hecho (según la definición proporcionada por el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual).
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Concepto Alternativo del Término
Por antonomasia jurídica, confesión en juicio (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Confesión puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) o confesión judicial.
Concepto Alternativo del Término
En lo penal, confesión del delito (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Confesión puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).
Si Quis Interrogatus
Explicación y/o Definición de Si Quis Interrogatus que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: in jure est confessus, obligatus est: El que interrogado en juicio confiesa, queda obligado.(1)
Confesión en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Si Quis Interrogatus en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976