Condonación en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Definición de Condonación
Según el concepto de Condonación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Condonación hace referencia a lo siguiente:
Acción y efecto de condonar, de perdonar o de remitir una pena, multa u obligación. De ahí su importancia jurídica, especialmente en lo que se refiere a las deudas. (Véase asimismo REMISIÓN DE LA DEUDA.)
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
- Hoy Aniversario de la Revolución Texana
- Las Dudas sobre la Autoría de Shakespeare ya existían en Vida de Éste
- La "cuestión italiana", Turín y la diplomacia internacional
- Ética Moral y Agricultura
- La Pascua Judía y la Historia de los Hebreos
- Todo sobre Asiria y los Asirios
Condonación
Explicación y/o Definición de Condonación que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Perdón, exoneración o renuncia que uno hace de derechos constituidas a su favor.(1)
Condonación en el Derecho Argentino
Visión General
Concepto de Condonación
Definición de condonación en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Perdón o remisión de una deuda u obligación. (DJB). La condonación tiene importancia jurídica, especialmente en lo que se refiere a las deudas. (DCJPS1). Condonación en inglés: release, extinction. Condonación en francés: pardon, remise d’une dette.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre condonación basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Condonación en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976