Comunitario en Argentina
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Concepto de Comunitario, Ria
Definición de comunitario, ria en el contexto del derecho administrativo público argentino: Adjetivo. Perteneciente o relativo a la comunidad. (Según la definición sobre comunitario, ria proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). La regulación de la vida comunitaria es una vieja competencia municipal; lo que ha variado, en los últimos tiempos, es el objeto de la misma. (Doc.29: 87). Comunitario, Ria en inglés: communal. Comunitario, Ria en francés: communautaire.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre comunitario, ria basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.