Cláusula de sin Compromiso

Cláusula de sin Compromiso en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]

Definición de Cláusula de sin compromiso

Según el concepto de Cláusula de sin compromiso que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Cláusula de sin compromiso hace referencia a lo siguiente:

Frecuentemente en la vida comercial y aun en negocios de otra índole, éstos se inician por la propuesta u oferta que una parte formula a otra directamente o por mediación de tercero. Tal propuesta no es, en opinión de Messineo, un negocio o acto jurídico unilateral, sino una declaración unilateral de voluntad que únicamente cuando es expresa o tácitamente aceptada da lugar a la formación del negocio jurídico bilateral. La cláusula de sin compromiso es esencialmente revocable mientras la oferta no haya sido aceptada, pudiendo indicarse la naturaleza de la oferta con las frases «sin compromiso», «quedando libre», u otras similares, reveladoras de que el oferente no se compromete a mantener la propuesta, sino que puede modificarla o retirarla en tanto el negocio no se haya perfeccionado contractualmente.

Más sobre Cláusula de sin compromiso

La naturaleza de esta cláusula ha sido muy discutida: para algunos autores no tiene otro valor que el de una invitación para contratar, y para otros constituye una condición potestativa simple que no invalida el contrato.

Cláusula de Sin Compromiso en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario