Cláusula C.I.F. en Argentina en Argentina
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Definición de Cláusula C.I.F.
Según el concepto de Cláusula C.I.F. que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Cláusula C.I.F. hace referencia a lo siguiente:
La que en los contratos de compraventa de mercaderías que han de ser transportadas de un lugar a otro, generalmente distantes, y aplicada de modo especial al transporte marítimo, expresa que en el precio que ha de abonar el comprador se encuentran comprendidos el costo (cost, en inglés), el seguro (insurance) y el flete (freight). El régimen legal de la cláusula C.I.F. difiere de unos países a otros, pero suelen aplicarse a esta modalidad de contrato las reglas de Varsovia-Oxford, adoptadas el 12 de agosto de 1 9 3 2. En francés se llama esa cláusula C.A. F., siglas tomadas de las palabras coût (costo), assurance (seguro) y fret (flete).
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Pero, en inglés, C.A.F., que también aparece con la forma de «C. & F.», es una minoración de la C.I.F., sin el seguro; es decir, cost (costo), and (y) freight (flete).