Caso AMIA

Caso AMIA en Argentina en Argentina

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Causa AMIA o Caso AMIA

De acuerdo con la Denuncia de Alberto Nisman de 13 de enero del 2015, en relación al Caso AMIA:

a) La acusación judicial a funcionarios iraníes en la causa AMIA

El 18 de julio de 1994, aproximadamente a las 9.53 de la mañana, una camioneta Renault Trafic cargada con una cantidad estimada en su equivalente en T.N.T.- entre 300 y 400 kgs. de un compuesto de nitrato de amonio, aluminio, un hidrocarburo pesado, T.N.T. y nitroglicerina, explotó frente al edificio de la calle Pasteur 633, donde tenían su sede, entre otras instituciones, la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA). El hecho provocó la muerte de ochenta y cinco personas, lesiones de distinta gravedad en al menos ciento cincuenta y una, y cuantiosos daños materiales.

Sin perjuicio de lo ocurrido en los primeros años de la pesquisa, con fecha 25 de octubre de 2006, el suscripto emitió un dictamen en el que se acusó a un ciudadano libanés y a siete ciudadanos iraníes, – todos ellos, altos funcionarios del entonces gobierno persa-, por su participación en el atentado del 18 de julio de 1994 (fs. 122.333/122.738 de los autos principales).

El 9 de noviembre de 2006, el Sr. Juez de la causa, Dr. Rodolfo Canicoba Corral, dispuso librar órdenes de captura nacional e internacional para dar con nueve imputados (un libanés y ocho iraníes)“, con miras a su extradición y a fin de recibirles declaración indagatoria en la causa (fs. 122.775/122.800).

Consecuentemente, INTERPOL Buenos Aires confeccionó y remitió a sus similares las correspondientes notificaciones rojas. Por su parte, la justicia argentina, al comprobar que los sujetos buscados no habían comparecido, el Io de diciembre de 2006, los declaró rebeldes.

Las órdenes de captura dictadas por el juez Canicoba Corral a instancias de esta Fiscalía, fueron cuestionadas por la Oficina Central Nacional Teherán (OCN Teherán). La Secretaría General de INTERPOL invitó a las partes a una reunión programada para el mes de enero de 2007. El 22 de aquel mes la delegación argentina, encabezada por el suscripto, realizó una presentación ante dicha Secretaría General en la cual expuso pormenorizada y detalladamente las razones y argumentos que justificaban una nueva inscripción de las notificaciones rojas relativas a las órdenes de captura internacional dispuestas en la causa.

Puntualmente se explicó que los nuevos pedidos de captura estaban fundados en una decisión judicial de un estado soberano, basados en nuevas probanzas y que respetaban los requisitos fijados por INTERPOL para la inscripción de medidas de tal naturaleza, exhortando a las autoridades de la organización a que, en forma inmediata, dispusieran la búsqueda y detención de quienes se encontraban sospechados de haber tenido participación en el mayor atentado terrorista en la historia de nuestro país.

La Secretaría General de INTERPOL, tras escuchar también los argumentos de la delegación iraní, dispuso que el asunto fuera tratado por el Comité Ejecutivo del organismo a la vez que encomendó a la Oficina de Asuntos Legales la confección de un dictamen sobre la cuestión debatida.

Dicha oficina efectuó una saludable distinción entre las solicitudes de detención de ciudadanos iraníes formuladas por el ex juez Galeano (a las que denominó AMIA I) y las órdenes de capturas libradas en noviembre de 2006 por el Dr. Canicoba Corral (a las que llamó AMIA II) recomendando que, sobre cinco de las ocho personas acusadas, se acceda a la solicitud de publicar las notificaciones rojas.

La situación de quienes, al momento del hecho, desempeñaban los cargos de Presidente y Ministro de Relaciones Exteriores de la República Islámica de Irán, fue considerada similar a la analizada por el Tribunal Internacional de Justicia en el caso: “República Democrática del
Congo vs. Bélgica” y las notificaciones rojas quedaron excluidas. Tampoco se emitió notificación roja respecto del exembajador iraní en Argentina, Hadi Soleimanpour.

Además, sobre la presentación que formuló el suscripto en la sede de INTERPOL, su Secretario General, Sr. Ronald Noble, sostuvo: “…la altamente profesional explicación de su caso, acusado por acusado, proporcionada por los fiscales argentinos que intervienen en la causa fue importante en la conclusión de la Oficina de Asuntos Jurídicos de que el caso del pedido de ¡as notificaciones rojas por parte de la OCN Buenos Aires no revestía un carácter político predominante como para que entrara en vigor la prohibición del artículo 3.. ”

En el mes de marzo de 2007 tuvo lugar la reunión del Comité Ejecutivo del INTERPOL que debía decidir esta materia (Sudáfrica, Chile, Singapur, Italia, Argelia, Estados Unidos, Corea, España, Marruecos, Brasil, India, Rusia y Alemania). Nuevamente una delegación argentina viajó a la ciudad de Lyon, República de Francia. El día 14 de ese mes, quien firma ésta presentación expuso su postura ante los miembros del Comité Ejecutivo reunidos a tal efecto en la sede central de INTERPOL. Finalizado el alegato, algunos miembros formularon consultas relativas al caso, que fueron respondidas. Seguidamente la delegación iraní hizo lo propio.

Finalmente, ambas delegaciones fueron convocadas a la sala de sesiones donde el señor Presidente del Comité Ejecutivo anunció que, tras realizar un cuidadoso estudio de las presentaciones tanto escritas como orales, efectuadas por ambas delegaciones, se llegó a una decisión unánime, consistente en ratificar y hacer suya la recomendación efectuada por el señor Secretario General de la Organización tras la reunión del 22 de enero de 2007, y en consecuencia, disponer la publicación de las notificaciones rojas respecto de Imad Fayez Moughnieh, Ali Fallahijan, Mohsen Rabbani, Ahmad Asghari, Ahmad Vahidi y Mohsen Rezai y rechazar la solicitud de Ali Rafsanjani, Ali Velayati y Hadi Soleimapour (éste último sólo solicitado por el Sr. Juez Canicoba Corral).

Se informó además que la inscripción de las notificaciones rojas ordenadas por el Comité Ejecutivo tendría lugar a partir del 31 de marzo de 2007, salvo que mediara recurso de apelación por parte de alguna de las OCN involucradas en la controversia, en cuyo caso el asunto sería remitido a consideración de la Asamblea General de la organización que se reuniría en el Reino de Marruecos en el mes de noviembre de 2007.

El 22 de marzo de 2007 esta Unidad Fiscal fue notificada que la OCN Teherán había formalmente apelado la decisión del Comité Ejecutivo solicitando que la cuestión fuera planteada ante la Asamblea General, lo que recibió acogida favorable por parte de las autoridades del organismo policial internacional, incluyendo este asunto en el orden del día de la aludida reunión de referida asamblea.

Como en las anteriores ocasiones, se entendió conveniente la asistencia del titular y el coordinador general de la Unidad Fiscal, así como integrantes de la OCN Buenos Aires, a la 76a Reunión Anual de la Asamblea General de INTERPOL celebrada en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, donde se decidiría el curso de cinco nuevas notificaciones rojas ordenadas en estas actuaciones.

El 16 de octubre de 2007 se recibió la comunicación, por parte de la Secretaría General del Organismo Internacional de Policía, del orden del día a tratarse durante la reunión anual. El punto 8 c) tenía previsto resolver el litigio entre Irán y Argentina por la publicación de notificaciones rojas, en razón del recurso presentado por la República Islámica contra la decisión adoptada por el Comité Ejecutivo en marzo de 2007.

Pero en forma previa al inicio de las deliberaciones de la Asamblea General, el Comité Ejecutivo del Organismo debió sesionar durante los días 3 y 4 de noviembre de 2007 a raíz del pedido efectuado por la delegación iraní de postergar para el año siguiente el tratamiento de la cuestión. El Comité Ejecutivo rechazó la propuesta de aplazamiento y habilitó a la Asamblea General para tratar el asunto.

El día 7 de noviembre de 2007 lo inherente a la inscripción de las notificaciones rojas fue sometido a debate y posterior votación de la Asamblea General de Interpol. En esa oportunidad, luego que uno de los delegados de la parte iraní expusiera su postura ante las representaciones presentes, el suscripto en representación de la delegación argentina rebatió tales alegaciones y brindó los fundamentos que justificaban que sin demora se inscribieran las notificaciones rojas. Finalizadas las exposiciones, las misiones presentes votaron. La posición argentina fue aprobada por 78 votos a favor, 14 en contra y 26 abstenciones. De acuerdo a ello, el órgano rector de la Organización Internacional de Policía Criminal dio pleno aval a la postura propiciada por la delegación argentina y como consecuencia ordenó la inscripción en carácter de notificación roja de los pedidos de captura librados contra los ciudadanos iraníes Ali Fallahijan, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Mohsen Rabbani y Ahmad Reza Asghari, que se sumaron así al ya vigente del libanés Imad Fayez Moughnieh. El 13 de noviembre de 2007 se recibió en el sumario la comunicación formal de Interpol acerca de la efectiva inscripción de tales órdenes de captura.

Así, había culminado con éxito un largo e intrincado proceso, que, dadas las vicisitudes del sumario, significó un importante avance con miras al esclarecimiento del hecho. Por ello, la gestión de la Unidad Fiscal a cargo del suscripto logró, por un amplio margen, la publicación definitiva de las notificaciones rojas respecto de los sospechados en la causa, que no sólo implicó -en ese momento- la confirmación del enderezamiento y avance de la investigación, sino también el restablecimiento de la confianza de la comunidad internacional de naciones en la actividad, probidad y eficiencia de la justicia argentina que, en relación a este caso, se había visto seriamente dañada por el proceder del anterior juez.

A partir de ello y durante los siguientes años, la República Argentina reclamó a Irán, mediante distintos medios y en distintos foros internacionales, su falta de cooperación con la investigación y su renuencia a extraditar a los acusados. Por su parte, Irán nunca cedió ante los reclamos ni aceptó ninguna de las alternativas que ofreció Argentina para someter a proceso judicial a los imputados iraníes.

Hasta que, al menos públicamente, en septiembre de 2012, Cristina Elisabet Fernández de la Nación, Cristina Fernández, anunció ante la Asamblea General de Naciones Unidas, haber instruido a su Canciller, Héctor Timerman para que inicie un proceso de negociación con Irán en tomo al caso AMIA. De acuerdo a la versión oficial, el Ministro Timerman se reunió por primera vez para tratar este tema con el canciller iraní Ali Akbar Salehi el día 27 de septiembre de 2012.

Oficialmente, se comunicaron una serie de encuentros entre representantes de ambos países, sobre los que no se brindaron mayores detalles (Comunicados de Prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de fecha 27/9/12 – N° 313/12; 29/10/12 -N° 353/12-; 31/10/12 — N° 360/12-; 1/12/12 – N° 391/12; 7/1/13 – N° 002/13-).

Exactamente cuatro meses más tarde y después de tres reuniones en Suiza, con fecha 27 de enero de 2013, ambos cancilleres coincidieron en Etiopía, donde suscribieron el ’»’Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires el 18 de julio de 1994” (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Información de Prensa N°011/13, 27/01/2013).

El día 7 de febrero de 2013, la Presidente de la Nación envió el acuerdo al Congreso Nacional para su aprobación (Expediente N° 296/12), debiendo convocar a esos fines a sesiones extraordinarias, dado que el parlamento estaba en receso. Luego del tratamiento en comisiones, ambas cámaras legislativas aprobaron el acuerdo, que fue sancionado Ley Nacional N° 26.843 con fecha 27 de febrero y que, al día siguiente, fue promulgada en el Boletín Oficial del 1 de marzo, todos de 2013 (B.O. N° 32.591).

Por su parte, con fecha 10 de marzo de 2013, el entonces Presidente de la República Islámica de Irán, Mahmoud Ahmadinejad, envió el acuerdo a su parlamento (Majlis), que el 21 de marzo entró en receso por el Año Nuevo del calendario persa (Nouruz) y recién volvió a sesionar a
partir del 8 de abril, sin dar tratamiento en ningún momento al memorando, el cual fue eventualmente retirado de la agenda parlamentaria (Pagni, Carlos, “El kirchnerismo, en el peor de los mundos”, La Nación 30/5/13; “El memorandún con Argentina llega al parlamento iraní”, Europa Press, 11/3/2013; Kollmann, Raúl “Con novedades semana a semana”, Página 12, 24/3/13).

Más de dos meses después, exactamente el día 20 de mayo de 2013, Alí Pakdaman, entonces Encargado de Negocios de Irán en Buenos Aires, brindó declaraciones a la prensa informando que el día 19 de mayo el Presidente Ahmadinejad había aprobado el acuerdo con su sola firma (“Teherán aprobó el memorándum por el atentado a la AMIA”, Página 12, 20/05/2013; Kollmann, Raúl, “Ahmadinejad eligió la vía expeditiva”, Página 12, 21/05/2013). Pero lo cierto es que nunca se recibió, hasta el momento, notificación formal de esta presunta aprobación (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Comunicado de Prensa N°110/13, 21/5/13).

Con fecha 4 de agosto tuvo lugar la asunción del nuevo Presidente de la República Islámica de Irán, Hassan Rohani, y – en consecuencia- se operaron cambios de autoridades en distintos ámbitos gubernamentales de Teherán.
El 28 de septiembre de 2013, transcurrido un año desde el inicio oficializado de las negociaciones, el nuevo Canciller iraní, Mohammad Javad Zarif, se reunió con el Ministro Timerman en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, Estados Unidos. Luego del encuentro, en declaraciones a la prensa, Timerman sostuvo que Javad Zarif le había asegurado que Irán había aprobado el memorando con el aval del Consejo Superior de Seguridad Nacional y del Líder Supremo (Miri, Ignacio, “Timerman dijo que Irán aprobó el pacto por la AMIA, pero aún no rige”, Clarín, 29/09/2013; Pisani, Silvia, “Irán le confirmó a Timerman que ya aprobó el acuerdo”, La Nación, 29/09/2013; “Timerman anunció nueva reunión con Irán en noviembre”, Prensa Argentina, 28/09/2013; “Timerman ratificó la aprobación del memorándum de entendimiento con Irán y un nuevo encuentro”, Télam, 28/09/2013; “Irán aprobó el memorándum de entendimiento por la AMIA”, Página 12, 28/09/2013).

Luego de dos meses más de silencio por parte de Irán, funcionarios de ambas cancillerías volvieron a reunirse en Zúrich, los días 20 y 21 de noviembre de 2013, ocasión en que Argentina entregó una propuesta escrita sobre ciertas cuestiones relativas a la implementación del memorando. Irán se comprometió a dar pronta respuesta (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Información de Prensa N° 279/13, 24 de noviembre de 2013).

Sin embargo, hasta la fecha y a pesar de haber transcurrido más de un año y medio de su firma y sin perjuicio de las distintas declaraciones realizadas por los funcionarios persas, Irán no ha comunicado formalmente ningún tipo de aprobación interna del acuerdo y – en consecuencia – no se ha producido el intercambio de notas verbales que signa la entrada en vigencia del memorando (punto 6).

Por otra parte, ante distintos estrados judiciales argentinos se han formalizado diferentes planteos que cuestionan la constitucionalidad del citado memorando.

En concreto, con fecha 15 de mayo de 2014, la Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad resolvió hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por los representantes de AMIA y DAIA y, en consonancia con lo dictaminado por el suscripto, declaró inconstitucionales tanto el Memorándum de Entendimiento como su ley aprobatoria. Asimismo, dicho tribunal ordenó, de modo preventivo, comunicar lo resuelto al Poder Ejecutivo Nacional -en particular, a la Cancillería- para que no ejecute el acuerdo mientras transitan las vías recursivas. La Sala I también le ordenó al juez de la causa, Dr. Canicoba Corral, que reitere por vía diplomática los pedidos de extradición y cooperación judicial a la República Islámica de Irán, que requiera a Interpol que extreme los esfuerzos para hacer efectivas las ordenes de captura e insista al organismo policial para que revea la posibilidad de emitir notificaciones rojas respecto de Rafsanjani, Velayati y Soleimanpour (CCCF, Sala I, CFP 3184/2013/CA1 “AMIA s/Amparo Ley 16.986, 15/05/2014, Juzgado N°6- Secretaría N°ll). Finalmente, cabe tener presente que con fecha 30 de mayo del corriente, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recurrió la citada resolución de la Alzada Federal.

Sin perjuicio de la vital importancia de contar con una decisión definitiva al respecto, lo cierto es que a los fines de la presente denuncia, este derrotero judicial constituye -en todo caso- una cuestión ajena a las conductas que, en sustancia, aquí se han denunciado.

b) La postura de Irán en relación con la causa AMIA:

Desde el inicio de la investigación de la causa AMIA y hasta la actualidad, la República Islámica de Irán siempre ha negado oficialmente el involucramiento de sus nacionales en el atentado; ha, además, entorpecido la pesquisa de todas las formas posibles, por ejemplo, intentando desacreditar a las autoridades judiciales intervinientes; incluso ha tildado al gobierno argentino de financiar al terrorismo y ha intentado negociar políticamente -en varias ocasiones- la absolución de los acusados. Esta postura ha sido mantenida inalterada a lo largo de todos estos años, aun con posterioridad a la firma del acuerdo en enero de 2013.

La retórica iraní ha reiterado hasta el hartazgo que ninguno de sus nacionales participó en el atentado, que la justicia argentina no es confiable, que Irán condena al terrorismo y que está dispuesto a colaborar con Argentina para dar con los “verdaderos culpables”. Al hablar de “verdaderos culpables”, evidencia su postura: la acusación argentina ha sido fabricada y orquestada por autoridades judiciales que responden al sionismo y a intereses foráneos, con la participación de agencias de inteligencia de Estados Unidos e Israel.

Numerosas declaraciones realizadas, a lo largo de los años, por distintos funcionarios persas, dan cuenta de la postura oficial de Irán, a saber: las misivas enviadas por el Embajador iraní ante la ONU, Mohammad Khazaee, al Presidente de la Asamblea General del organismo -fechadas en 28 de septiembre de 2007, 2008, 2009 y 2010-, las acusaciones formales y las tachas de descrédito realizadas por funcionarios iraníes en contra de distintas autoridades judiciales argentinas abocadas a la causa, etc. (cfr.: Documentos A/62/485, A/63/468, 4/64/481 y A/65/495, AGNU, ONU; “Si los desagravian, Irán colaboraría con la causa AMIA”, ADN Mundo, 4/12/2006; “AMIA: Irán pidió ubicar al responsable real”, Perfil, 29/11/2006; “AMIA: Dura advertencia de Irán al gobierno de Kirchner”, Diario de Cuyo, 11/12/2006; “Irán reaccionó con agravios al pedido de Néstor Kirchner”, Infobae, 27/09/2007; “Ahmadinejad dice que quiere expandir las relaciones con la Argentina”, Clarín, 26/09/2013; Dinatale, Martín, “Negó Irán la denuncia del fiscal Nisman y lo acusó de sionista”, La Nación, 4/6/2013; “Para Irán, la causa AMIA causó amargura en las relaciones entre Irán y Argentina”, Agencia Judía de Noticias, 16/07/2013; Braslavsky, Guido, “Irán pide a Interpol la captura del fiscal Nisman y de Galeano”, Clarín, 13/11/2006; “AMIA: dura respuesta iraní a los pedidos de capturas”, Infobae, 13/11/2006; Gallo, Daniel, “Irán amenaza con pedir el arresto de agentes de Interpol”, La Nación, 16/03/2007, “Irán volvió a criticar al sionismo”, La Nación, 19/06/2013; Niebieskikwiat, Natasha, “Irán rechazó, otra vez, su participación en la AMIA”, Clarín, 19/06/2013; “Irán ratificó su adhesión plena al memorándum con Argentina”, Página 12, 12/02/2013; “Kirchner ordenó expulsar a D’Elía del gobierno”, La Nación, 14/11/2006; “Tensión diplomática y despido de D’Elía”, La Voz, 14/11/2006; “La Cancillería respondió a otra protesta de Irán”, Clarín, 13/12/2006; Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Comunicados de Prensa N°528/06 del 13/11/2006; Comunicado de Prensa N°000/07 “Argentina rechaza pedido de exhorto de Irán”, del 14/08/2007, Comunicado de Prensa N°400/07 “La cancillería argentina rechaza declaraciones difundidas por Irán”, del 28/09/2007; “Argentina expresó un categórico rechazo a dichos de Irán”, El Día, 28/09/2007; “Que Irán respete la jurisdicción”, Página 12, 29/09/2007).

Puntualmente, en sus cartas al Presidente de la Asamblea General de Naciones Unidas, en los años 2007 a 2010, el Embajador de Irán
ante el organismo Mohammad Khazaee, ha realizado afirmaciones del estilo de: “…los autores del atentado con bomba contra la AMIA han quedado impunes y, en su lugar, se ha acusado injusta e infundadamente a varios nacionales iraníes inocentes…” y “…Todos los argumentos contra los nacionales iraníes no son más que una farsa…” (cfr.: Documentos A/62/485, A/63/468, 4/64/481 y A/65/495, AGNU, ONU).

Ahora bien, esta posición no está exenta de consecuencias prácticas. La República Islámica nunca ha prestado colaboración a las autoridades judiciales argentinas, pese a declamar reiteradamente lo contrario.
De hecho, de 17 cartas rogatorias libradas a Irán en el marco de la causa judicial requiriendo información para la investigación del atentado, solamente se ha respondido una. Y esa respuesta fue para hacer saber su negativa a cumplir lo solicitado, argumentando excusas insostenibles y rechazando toda cooperación judicial con el caso (fs. 126.761/126.779 y 127.614/127.657). Por lo demás, también han negado rotundamente la solicitud de detención de los imputados con miras a su extradición, que se les formuló mediante exhorto diplomático en el mes de noviembre de 2006 (fs. 127.063/127.080 y 128.205/128.220). En rigor de verdad, es realmente desvergonzado hablar de cooperación con semejante historial de antecedentes.

Por otra parte y como se adelantó, desde el año 2005, en la causa se encuentran acreditados distintos episodios en los cuales autoridades iraníes plantearon, por vías diplomáticas y en forma totalmente indolente, la posibilidad de “negociar” de distintas maneras la extinción de toda investigación, acusación y/o pedido de captura contra sus nacionales (ver fs. 116.381/116.383, 117.251/117.253, 118.680 y 118.952/118.953 bis).

En efecto, en más de una ocasión, Irán buscó negociar la impunidad de sus nacionales. Por ejemplo, el 3 de abril de 2005, el Encargado de Negocios de la República Argentina en Irán entregó en mano al Director del Departamento de Asuntos de Derecho Internacional de la Cancillería de ese país, un nuevo exhorto librado en la causa. En esa ocasión, el funcionario iraní condicionó la respuesta de la rogatoria en los siguientes términos: “…Si asistimos al poder judicial argentino: a) ¿No estaremos siendo vistos como acusados o sospechosos? b) Supongamos que recibimos los exhortos y los contestamos […] Estará el juez dispuesto a anunciar y declarar tajantemente que no existe conexión ni de Irán ni de sus ciudadanos con la explosión de la AMIA? c) ¿Quedará o no el dossier abierto si contestamos? d) ¿cómo podemos saber si el juez cerrará el dossier o no?”.

Y añadió: “el asunto principal es que de alguna manera podamos estar convencidos de que si colaboramos, el juez de la causa llegará a la conclusión de que el señor X o el señor Y no están ni estuvieron implicados en la explosión de la AMIA. Recuerden que desde el 19 de julio de 1994 nos manifestamos dispuestos a colaborar con la justicia argentina, posición y oferta que continúa aún válida. Si tuviéramos garantías objetivas, cosas tangibles (resultados tangibles) no tendríamos ningún problema en: a) recibir todos los exhortos; b) contestar todos los exhortos: c) incluso más: hacer algunas investigaciones ulteriores en Irán… ” (fs. 116.381/116.383).

La misma tónica se repitió por parte de los funcionarios iraníes en la reunión celebrada en Teherán en julio de 2005 entre representantes diplomáticos de nuestro país y el Director de Asuntos de Derecho Internacional local, Dr. Mohsen Baharvand, en relación con los exhortos pendientes de recepción y respuesta por parte del poder judicial iraní.

En esa ocasión, el funcionario iraní sostuvo lo siguiente: “Necesitamos de esa visión de perspectiva para poder recibir los exhortos y responderlos, pues tenga en mente que se trata de funcionarios del gobierno iraní y no ciudadanos ordinarios; en definitiva, cada vez que uno tiene algo para dar tiene expectativas de recibir también (…) La parte iraní es sumamente flexible con los exhortos, solo complicamos las cosas cuando es absolutamente necesario (sic) y ese no es el caso de las relaciones con argentina ” (fs. 117.251/117.253).

Otro ejemplo de esta actitud iraní en cuanto a su colaboración en la causa surge de un “non paper” entregado por el mencionado Baharvand a diplomáticos argentinos, con una propuesta de acuerdo entre ambos países (fs. 118.680, 118.952/118.953bis).

El pacto ofrecido entonces por Irán decía: “1. Las partes aceptan que no ha existido ninguna acusación contra ciudadanos iraníes en relación con la Causa AMIA; no obstante ello, el proceso que sigue el Juez argentino a cargo de la investigación en lo que respecta a los ciudadanos iraníes fue ordenado con el mero fin de recopilar información ”.

“2. Las partes… se abstendrán de efectuar cualquier tipo de inferencia criminal, tanto en forma directa como indirecta, o acusación contra la otra parte y sus funcionarios
“3… ¡as cartas rogatorias libradas por el Juez de la Argentina serán enmendadas de forma tal que no se formule ningún alegato o acusación, ya sea en forma explícita o implícita, contra el gobierno iraní y sus ciudadanos… ”.
«4. Tras lo dispuesto en el párrafo tercero, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Irán recibirá oficialmente ¡as cartas rogatorias… ”.

“5. La parte argentina…revocará cualquier orden de arresto librada por el Juez a cargo de la investigación contra los ciudadanos de la República Islámica de Irán…
La reseña aquí efectuada revela la insólita postura asumida por el gobierno iraní en el sentido de condicionar su colaboración al compromiso de las autoridades judiciales argentinas de no incriminar a funcionarios y/o ciudadanos de ese país.

Por otra parte y con motivo de dos solicitudes dirigidas a obtener información sobre titulares de líneas telefónicas, las autoridades iraníes, a través de Interpol Teherán, respondieron, a la primera de ellas: “no nos es posible responder vuestra solicitud debido la importancia del respeto de los principios y de las reglas de los derechos humanos, y también de las leyes internas de Irán acerca del respeto de la vida privada de las personas” (fs. 908 del legajo 391). En el restante pedido, lejos de brindar la información requerida, se limitaron a señalar: “…favor de explicarnos el motivo e informarnos también de dónde obtuvieron estos números de teléfono… ” (fs. 6843 del legajo 201).

Sentado ello, no puede menos que considerarse absurdas y descabelladas las excusas brindadas por el régimen iraní para no dar respuesta a las solicitudes argentinas, con el agravante de que, aun cuando luego fueron enviados a Teherán los datos requeridos, ni siquiera así se obtuvo contestación.

Más allá de la prueba documental, este tipo de ofrecimientos fueron reconocidos por varios funcionarios argentinos de entonces que, dadas sus posiciones en puestos claves, tomaron conocimiento de distintas propuestas de Irán para dejar de lado la imputación por AMIA. Al respecto, cabe recordar un acuerdo rechazado por Néstor Kirchner del cual dieron cuenta el ex Jefe de Gabinete, Alberto Fernández y el ex Vice Canciller, Roberto García Moritán. Por su parte, los ex Cancilleres Rafael Bielsa y Jorge Taiana, pusieron de manifiesto la postura de Irán aquí descripta, conforme observaron durante sus respectivas gestiones en el Palacio San Martín.

Rafael Bielsa mencionó la oferta iraní de cuatro mil millones de dólares en compras de maíz y trigo para retomar así el comercio bilateral, pero a condición de dejar de lado la causa AMIA. Expresó: “…era una actitud extorsiva… ” y al describir el desempeño de la diplomacia iraní en general refirió: “Siempre nos estaban haciendo trampa…les explicábamos que acá el Poder Ejecutivo no le da órdenes al Judicial, muchísimo menos en una causa de esta naturaleza. Ellos se hacían los que no entendían…”. Y agregó: “…Es un país manifiestamente hostil que se ha negado a contestar todos los exhortos… Les decíamos: los vamos a seguir hasta debajo de ¡a cama, acá no hay arreglo, contesten los exhortos. Uno de sus argumentos era: se están perdiendo 4 mil millones de dólares…Jamás hubo la más mínima concesión…ellos querían que un punto sugiriera que podía haber algún error por parte del Poder Judicial en el requerimiento de estos dignatarios iraníes…” (el resaltado es propio, Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013; “Causa AMIA: Para D’Elía, los acusados iraníes van a ser sobreseídos”, Infobae, 1/3/2013, “Irán le ofreció un acuerdo igual a Néstor Kirchner, pero lo rechazó”, Infobae, 14/02/2013; “Duro cruce de acusaciones entre Timerman y García Moritán”, La Nación, 19/02/2013; “Alberto Fernández: Néstor Kirchner siempre se negó a un acuerdo con Irán”, Iprofesional, 20/02/2013).

En la misma línea, el ex Canciller Jorge Taiana aseveró que los iraníes habían mostrado “falta de voluntad” dado que “ni siquiera recibían las solicitudes, o sea, las rechazaban y descalificaban. No hubo ninguna muestra de que existiera la más mínima voluntad de ayudar a esclarecer el hecho…” (Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013).

Incluso, las autoridades persas se han valido de ciudadanos argentinos profundamente consustanciados con las ideas del régimen y, al mismo tiempo, con vínculos con las autoridades del gobierno argentino, como Luis D’Elía, para hacer llegar sus propuestas de una solución favorable a sus intereses en torno a las imputaciones del caso AMIA.
Efectivamente, el régimen de Irán aprovechó un viaje realizado por Luis D’Elía, Fernando Esteche y Jorge “Yussuf’ Khalil, a fines de febrero y principios de marzo de 2010, para proponer un acuerdo relacionado con el atentado (“Quejas de Israel por el viaje de D’Elía a Irán”, La Nación, 07/03/2010; “D’Elía admitió un encuentro con un ex funcionario iraní prófugo en la causa AMIA”, La Prensa, 07/03/2010; “D’Elía y Esteche vieron en Irán a un sospechoso de volar la AMIA”, Perfil, 06/03/2010; “D’Elía sigue defendiendo al prófugo de la AMIA: Es una buena persona”, Clarín, 09/03/2010; “Diputados repudió el viaje de D’Elía a Irán y pidió informes a Cancillería”, Infobae, 07/04/2010). Increíblemente ahora se constata que dicho acuerdo era similar al Memorando de Entendimiento firmado por el canciller Timerman en enero del año pasado. Así lo recordó D’Elía al manifestarle a Khalil: “…Es parecido a lo que nos propusieron en el primer viaje a Teherán ¿te acordás?…” (Comunicación del 27/01/13, abonado N°11-3315-6908, Archivo B-1009-2013-01-27-174637-12, CD 266).

Esto da la pauta, como se analizará y acreditará en detalle en el acápite correspondiente, que el instrumento jurídico que han firmado Argentina e Irán nada tiene que ver con la búsqueda de justicia ni con el avance de la investigación sino que se trata de uno de los medios elegidos para conseguir un fin delictivo y atroz: garantizar la impunidad definitiva a los acusados iraníes de la causa por el atentado contra la AMIA a través de un salvoconducto con apariencia de legalidad.

Finalmente, cabe recordar, solo a modo de ejemplo porque fueron muchos los intentos de Teherán en este sentido, que en septiembre de 2007, el entonces vocero del Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán, Mohammad Alí Hosseini, ofreció: “Como acto humanitario y para esclarecer los hechos de esta tragedia, la República Islámica anunció de antemano admitir la formación de un comité jurídico bilateral con Argentina, a pesar de la ausencia de acuerdo y desavenencia que hay entre los aparatos judiciales de ambos países’ (“Irán reaccionó con agravios al pedido de Néstor Kirchner”, Infobae, 27/09/2007). Obviamente, ese ofrecimiento -no muy distinto al acuerdo firmado- fue rechazado por Néstor Kirchner.

En fin, Irán siempre sostuvo y pidió lo mismo, lo que confirma que en dicho país existió y existe la decisión política no solo de no cooperar y de no reconocer la soberanía jurisdiccional argentina en el caso, sino de entorpecer y atacar todo avance que se realice.

Ahora bien, resulta claro que la elocuente falta de cooperación exhibida por las autoridades iraníes respecto de esta investigación, es el reflejo, o bien la consecuencia, de la estrategia históricamente sostenida por el régimen de Teherán que consistió y consiste aún hoy en negar toda relación de sus ciudadanos con el atentado y jamás brindar cualquier tipo de información a la pesquisa para, así, desligar toda responsabilidad que le pudiera caber por actos de terrorismo, negando la detención con fines de extradición de los individuos que la justicia argentina ha imputado judicialmente por el hecho y buscando deslegitimar -de distintas formas- a la investigación y a las autoridades que la encabezan. Eso demuestra que existe una decisión política para garantizar impunidad tomada por las más altas autoridades del régimen, que también planificaron y ordenaron el atentado que acabó con la vida de 85 personas.

Sin perjuicio de la firme negativa del régimen, se han obtenido declaraciones reveladoras de Jorge “Yussuf’ Khalil, representante de los intereses y agente orgánico de Irán en Argentina y partícipe activo del encubrimiento aquí denunciado, que reconocen la responsabilidad de funcionarios iraníes en los atentados en Argentina. En referencia a un individuo señaló: “…la persona que taburó con Irán…cuando Irán mató acá” (Comunicación del 19/11/12, abonado N°11-3315-6908, Archivo B- 1009-2012-11-19-083552-16, CD 197). En otra oportunidad, confesó que el Subsecretario de Agricultura Familiar para la Nación y líder del Movimiento Evita, Emilio Pérsico: “…siempre tuvo el discurso de que nosotros fuimos….y está bien hecho… as i dice él. Es la pelea” (Comunicación del 15/8/13, abonado N°11-3238-4699, Archivo B-1009- 2013-08-15-234919-2, CD 118). Es decir, que los iraníes fueron los responsables del atentado y que a entender de Pérsico estaban justificados por su lucha política. En igual sentido, citando a D’Elía, Pérsico: «…fue el que dijo que ustedes fueron el tema AMIA…”, en alusión a la responsabilidad de iraníes por el atentado (Comunicación del 15/8/13, abonado 11-3238-4699, Archivo B-1009-2013-08-15-234225-2, CD 118). Estas referencias solo deben ser entendidas como meros ejemplos y, en modo alguno, como nuevas pruebas para fundar la acusación por el atentado, que -como se sabe- ya ha sido volcada en anteriores dictámenes fiscales y en los pronunciamientos del Juez de la causa, Dr. Canicoba Corral.

Estas manifestaciones tampoco hacen a la prueba del encubrimiento, sin embargo permiten visualizar que la estrategia del régimen de la República Islámica de Irán de negación perpetua rindió sus frutos. Es decir, a pesar de ser efectivamente responsables por el atentado, la circunstancia de haberlo negado por lustros y lustros acabó desembocando en este plan encubridor que pretendió desacreditar a la justicia argentina y, fundamentalmente, estuvo dirigido a garantizar la impunidad total y definitiva de los acusados iraníes.

De hecho, según surge del documento que bajo juramento declaró haber leído el Sr. José Eliaschev, la solidez de la postura iraní de no cooperar judicialmente ni ceder un ápice antes las acusaciones argentinas fue reconocida por el ex canciller iraní Ali Akbar Salehi como una exitosa estrategia del Líder Supremo. Salehi elogió esta estrategia cuando -como se verá más adelante-, en enero de 2011, Héctor Timerman abandonó el reclamo argentino de justicia y le ofreció articular un modo para dejar de lado las acusaciones por el atentado y retomar el comercio bilateral (fs. 131.189/131.194; Eliaschev, Pepe, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011, fs. 130.911/130.913).

En suma, Irán nunca tuvo intención de cooperar y, en la práctica, siempre estorbó la actuación judicial argentina y los acercamientos diplomáticos, políticos y judiciales que aceptó tuvieron por única finalidad extinguir las acusaciones contra sus nacionales y desvincular a Irán del caso, aunque ello se derivara de la aplicación de medios prohibidos.

Resulta útil destacar que esta estrategia no solamente ha sido implementada por Teherán respecto al caso AMIA, sino que también fue replicada en relación a otros atentados terroristas perpetrados en distintos rincones del planeta donde, también fundadamente, se ha involucrado judicialmente a funcionarios del régimen iraní como responsable de hechos de terrorismo.

Jamás se ha advertido cambio alguno en la postura iraní, que ni siquiera morigeró su clásica retórica después de iniciadas oficialmente las negociaciones y aún luego de haber firmado el Memorando de Entendimiento, alegando “de la boca para afuera”, como es su costumbre, su buena predisposición para el diálogo y la negociación, al tiempo que, en los hechos, buscaba deslegitimar por cualquier medio los pronunciamientos de la justicia argentina y, consecuentemente, también a sus funcionarios.

En esta línea se inscriben los siguientes cuatro episodios, solo a modo de ejemplo: 1) el entonces portavoz de la cancillería iraní, Ramin Mehmanparast, declaró en octubre de 2012 -cuando las negociaciones ya eran públicas- que se rechazaban las acusaciones contra ciudadanos iraníes y que su gobierno estaba dispuesto a colaborar para dar con los ejecutores del atentado (“Irán volvió a rechazar todas las acusaciones por el atentado a la AMIA”, La Nación, 30/10/2012; Paraszczuk, Joanna, “Irán ready to identify AMIA bombing perpetrators”, Jerusalem Post, 30/10/12; Kollmann, Raúl: “Irán volvió a negar su culpabilidad”, Página 12, 31/10/12); 2) según un cable de la agencia IRNA, la postura oficial de Irán -ya firmado el acuerdo con Argentina- era que el atentado podría haber sido planeado por Israel: “…Irán dice que agentes de Tel Aviv estuvieron involucrados en el ataque…con el objetivo de aumentar su influencia sobre el gobierno de entonces en Buenos Aires…” (“Irán ratificó su adhesión plena al memorándum con Argentina”, Página 12, 12/02/2013; “FM: Irán, Argentina adhere to agreement on AMIA case”, Irán Daily Brief, 14/2/13; “El Canciller de Irán dice que negoció durante dos años el acuerdo con Argentina”, Clarín, 12/02/2013; “Salehi: Irán Argentina adhere to agreement on AMIA case”, IRNA, 12/02/2013); 3) las expresiones de la cancillería iraní que buscaron deslegitimar el trabajo de la Unidad Fiscal a cargo del suscripto y el dictamen de fecha 29/05/2013 sosteniendo:

“…Debido a la historia y carácter sionista de ese fiscal [por Nisman], nosotros no damos ninguna importancia a sus afirmaciones…” (“Irán rechazó las acusaciones del fiscal n al considerarlo sionista”, La Nación, 3/6/2013; “El ministerio exteriores de Irán: No le damos importancia a las declaraciones de Nisman”, IRNA, 5/6/2013); 4) en junio de 2013, ya firmado el acuerdo, otro vocero de la cancillería iraní -Abbas Araqchi- volvió a rechazar la participación de iraníes en el atentado, declaró que para Teherán fueron agentes extranjeros y sionistas los que estuvieron detrás del ataque y agregó: “Gracias a Dios, con la colaboración de los cancilleres de Irán y la Argentina, se está viendo la manera razonable para solucionar el tema de la AMIA, y está habiendo una mayor comprensión de que los factores extranjeros y sionistas fueron los verdaderos causantes de este lamentable hecho…” (Niebieskikwiat, Natasha, “Irán rechazó, otra vez, su participación en la AMIA”, Clarín, 19/06/2013; “Irán volvió a criticar al sionismo”, La Nación, 19/06/2013), acusaciones que reiteraría el mismo portavoz en julio de 2013 (“Para Irán, la causa AMIA causó amargura en las relaciones entre Irán y Argentina”, Agencia Judía de Noticias, 16/07/2013).

Nunca antes el gobierno argentino había permanecido mudo ante este tipo de declaraciones. Pero desde que se produjo el acercamiento con Irán, comenzó un silencio cómplice de parte de las autoridades argentinas aquí denunciadas ante este tipo de expresiones y/o ataques a los actos jurisdiccionales soberanos de distintos órganos de la república, variando la postura que se mantuvo inalterada durante el mandato de Néstor Kirchner, lo que constituye un nuevo indicio de la existencia de un acuerdo previo entre las dos partes que -desafortunadamente- tuvo por norte el plan de encubrimiento aquí denunciado, en el cual las autoridades argentinas se mostraron más interesadas en avanzar que su contraparte. Así, el incomprensible silencio del gobierno argentino, mantenido a pesar de la gravedad de las acusaciones y desacreditaciones por parte de las autoridades del gobierno iraní, habla por sí solo en este nuevo contexto.

Es decir, las autoridades iraníes persisten, hasta el presente, no solo en negar oficialmente toda colaboración de Irán con el caso, sino – fundamentalmente- agrediendo y buscando desacreditar de distintas formas la acusación de la justicia argentina, pretendiendo poner en duda la imparcialidad de las investigaciones y sugiriendo -siempre- la influencia de intereses foráneos que habían sesgado la pesquisa aviesamente en contra de Irán.

Más recientemente y en ocasión del fallo de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal que declaró la inconstitucionalidad del Memorando de Entendimiento firmado con Irán, y de su ley aprobatoria, las autoridades iraníes tuvieron una reacción a todas luces provocativa, teniendo en cuenta, fundamentalmente, su parsimonia en tomo a la aprobación del acuerdo. En esa oportunidad, la vocera del Ministerio de Relaciones Exteriores, Marziyeh Afkham, condenó fuertemente el fallo y declaró: “El gobierno iraní cree que el Memorando de Entendimiento era una solución adecuada y una oportunidad para descubrir los hechos relativos a la tragedia de la AMIA y la resolución de las diferencias al respecto, pero la decisión de la corte argentina priva a ambas partes de esa oportunidad. Por ¡o tanto, la República Islámica de Irán expresa su pesar y descontento por la decisión’’’ (“Irán criticizes Argentine court decisión to declare unconstitutional joint AMIA bombing probe with Irán”, IRNA, 16/05/2014; “Irán slams argentine court ruling on AMIA probe”, Fars News Agency, 17/05/2014; “Irán condemns argentine court ruling on AMIA probe”, PressTV, 16/05/2014; Niebieskikwiat, Natasha, “Irán lamenta la decisión de la Justicia argentina”, Clarín, 16/05/2014; “Irán expresó pesar y descontento por el fallo que invalidó el memorándum sobre el atentado a la AMIA”, La Nación, 16/05/2014). El doble discurso no solo es patrimonio exclusivo de las autoridades argentinas aquí denunciadas. Los iraníes han sabido utilizarlo a la perfección. Es decir que, a pesar del tiempo transcurrido sin que exista comunicación oficial de aprobación interna del acuerdo por parte de Irán, sus autoridades sostuvieron públicamente su interés en el pacto. Nuevamente, la kilométrica distancia entre las palabras y los hechos.
Finalmente, solo resta destacar que la retórica de negación y obstrucción iraní tuvo excelente resonancia en el gobierno de Cristina Fernández y, según se verá más adelante, fue usufructuada por las autoridades argentinas aquí denunciadas, para avanzar con las maniobras de encubrimiento e impunidad de los acusados.

c) Presidencia de Néstor Carlos Kirchner

Durante el gobierno de Néstor Kirchner la posición de la República Argentina en relación al atentado contra la AMIA fue clara y consistente: todos los esfuerzos políticos se enderezaron a respaldar el accionar de la justicia argentina y, desde el ámbito de sus competencias, el entonces Presidente de la Nación intentó lograr la cooperación de Irán y el aval de la comunidad internacional. Es decir, durante todo su mandato, se mantuvo de manera inconmovible el apoyo del Poder Ejecutivo Nacional a las conclusiones de este Ministerio Público y a las decisiones del Poder Judicial en tomo a la causa. El caso AMIA fue una política de Estado.

Este respaldo se tradujo en distintas acciones concretas, que van desde la desclasificación de información de inteligencia (Decreto N° 787 del 17 de septiembre de 2003) y la creación de esta Unidad Fiscal de Investigación en el año 2004 (Resolución MP 84/04), hasta el discurso pronunciado por el ex Presidente en el año 2007 ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuando denunció la falta de colaboración de Irán y solicitó que “la República Islámica de Irán, en el marco del derecho internacional aplicable, acepte y respete la jurisdicción de la justicia argentina, y colabore eficazmente con los jueces argentinos para lograr el sometimiento a juicio de las personas imputadas en aquellos hechos’’’’ (Discurso de Néstor Kirchner en la 62a Asamblea General de Naciones Unidas, 25 de septiembre de 2007).

Se trata de: Alí Akbar Hashemi Bahramaie Rafsanjani (a la época de los hechos presidente de la República Islámica de Irán), Alí Fallahijan (por entonces Ministro de Información iraní), Alí Akbar Velayati (en aquel tiempo Ministro de Relaciones Exteriores de la nación persa), Mohsen Rezai (por entonces a cargo del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria “Pasdaran”), Ahmad Vahidi (en aquella época a cargo de la fuerza de elite “Al Quds” perteneciente a la Guardia Revolucionaria), Mohsen Rabbani (al tiempo de los hechos Consejero Cultural de la Embajada iraní en nuestro país), Ahmad Reza Asghari o Mohsen Randjbaran (en aquel entonces Tercer Secretario de la representación diplomática iraní en nuestro medio), Hadi Soleimanpour (en aquella época Embajador de la República Islámica de Irán en Buenos Aires) e Imad Fayez Moughnieh (por entonces a cargo del Servicio Exterior del Hezbollah). Moughnieh era el único libanés en aquel resolutorio. Los demás eran todos ciudadanos iraníes. La Unidad Fiscal no formuló imputación a Hadi Soleimanpour, sin perjuicio de lo cual, el Sr. Juez de la causa fundó la acusación y dispuso también su captura.

De ese modo, Néstor Kirchner inauguró este destacable recurso diplomático: peticionar ante la comunidad internacional, utilizando legítima y estratégicamente los foros y la opinión internacionales para poner en evidencia la inadmisible postura iraní, convirtiendo -de ese modo- al descrédito internacional en un factor de presión legítimo y conducente a lograr el objetivo requerido por los órganos judiciales: el sometimiento a proceso de los imputados iraníes para avanzar en el enjuiciamiento de aquellas personas judicialmente responsabilizadas por el atentado contra la sede de la AMIA.

Además, y en cada oportunidad en que el gobierno de la República Islámica de Irán, a través de declaraciones de sus funcionarios y/o por otras vías, intentó deslegitimar la investigación por el caso AMIA haciendo llegar descalificaciones respecto de los funcionarios intervinientes en la pesquisa y -más aún- cuando se conocieron acusaciones judiciales de Irán contra estos funcionarios, el gobierno del Presidente Néstor Kirchner siempre repudió aquellos descréditos, pidiendo -por las vías diplomáticas correspodientes- las explicaciones a que hubiere lugar, como un modo adecuado de proteger y respaldar el accionar de la justicia argentina.

Ejemplo de ello fue la reacción que tuvo el Poder Ejecutivo cuando en el año 2006, se conocieron trascendidos que aseveraban que la justicia iraní solicitaría el arresto y la extradición del suscripto y del Dr. Juan José Galeano, ya separado de la magistratura, ocasión en que la Cancillería argentina no demoró en solicitar explicaciones sobre la cuestión al Encargado de Negocios iraní en Buenos Aires, Mohsen Baharvand, máxima autoridad diplomática persa en territorio nacional (Comunicado de Prensa N°528/06 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de fecha 13/11/2006; Braslavsky, Guido, “Irán pide a Interpol la captura del fiscal Nisman y de Galeano”, Clarín, 13/11/2006, “AMIA: dura respuesta iraní a los pedidos de capturas”, Infobae, 13/11/2006; “Tensión diplomática y despido de D’Elía”, La Voz, 14/011/2006).

Y no fue la única oportunidad en que la cancillería argentina respondió a protestas indebidas o expresiones desafortunadas, por
calificarlas de la forma más benévola, procedentes de funcionarios de Teherán (cfr.: “La Cancillería respondió a otra protesta de Irán”, Clarín, 13/12/2006; Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Comunicado de Prensa N°000/07 “Argentina rechaza pedido de exhorto de Irán”, del 14/08/2007; Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Comunicado de Prensa N°400/07, “La cancillería argentina rechaza declaraciones difundidas por Irán”, del 28/09/2007; “Argentina expresó un categórico rechazo a dichos de Irán”, El Día, 28/09/2007; “Que Irán respete la jurisdicción”, Página 12, 29/09/2007).

Como prueba del posicionamiento político-estratégico que Néstor Kirchner adoptó en torno al caso AMIA desde el Palacio San Martín, cabe tener presente las palabras de los ex Cancilleres, Jorge Taiana y Rafael Bielsa.
Al respecto, el ex Ministro Taiana sostuvo: “No hubo ningún diálogo. Nuestro planteo era: no se puede hablar de nada mientras no haya colaboración judicial…Nuestra posición fue: tenemos 85 muertos argentinos y no podemos hacer ninguna concesión ni darle facilidad a un Estado que no muestra signos de buscar algún tipo de solución que ayude a esclarecer el hecho…”. Irán debía entregar a los acusados (Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013).

Por su parte, Rafael Bielsa, además de describir la actitud extorsiva y las propuestas de comercio iraníes a cambio de zanjar el tema AMIA, corroboró que el caso para el gobierno de Néstor Kirchner había sido “una política de Estado” y señaló que, en cambio, el gobierno de Cristina Fernández “le dice a los familiares que los que comercian son las empresas y no el Estado. Me parece un argumento pelotudo, me fastidia mucho porque era un tema sagrado para Néstor…” y que: “Cuando era canciller, hablar de venderle o comprarle a Irán era casus belir (el resaltado es propio, Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013).

En lo concerniente al modo de llevar adelante contactos con Teherán, Bielsa destacó que, durante su gestión, la cancillería tenía una política de transparencia con los principales interesados en la causa: »'»Estábamos en permanente contacto con los familiares y la comunidad, informándolos de todo….Cada paso que dábamos, cada memorándum que enviábamos, lo consultábamos con todos, porque era una cuestión muy sensible y estaba siempre el fantasma de las ofertas…’’’1 (Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013). Esto resume la dirección que la política exterior tuvo en aquellos años en lo concerniente al caso AMIA.

A nivel local, Néstor Kirchner también mantuvo en todo momento su apoyo a la causa judicial, al punto de separar del cargo a un miembro de su propio gobierno, como ocurrió con el caso de Luis D’Elía.

Cabe recordar que en noviembre de 2006, casi inmediatamente después de conocerse la resolución del Dr. Rodolfo Canicoba Corral que decretó las capturas de funcionarios iraníes por estar sospechados de participar en el atentado, el entonces Subsecretario Nacional de Tierras para el Hábitat Social, Sr. Luis D’ Elía, encabezó una protesta contra aquella decisión y emitió un comunicado expresando: “el dictamen judicial que acusa a la República Islámica de Irán por el tema AMIA está profundamente contaminado por circunstancias mundiales ajenas a la búsqueda de la verdad’’ (Comunicado del 13/11/2006, firmado por Luis D’Elía y Juan José Cantiello, entregado al entonces Encargado de Negocios de Irán en Buenos Aires, Mohsen Baharvand).

Según trascendió, la protesta en repudio a la decisión de la justicia argentina, llevada a cabo en la Embajada de Irán y liderada por D’Elía -con participación del referente de Irán en Argentina, Jorge Alejandro “Yussuf’ Khalil- había sido incitada por el entonces Embajador de Venezuela en Buenos Aires, Roger Capella. Este diplomático venezolano estaba estrechamente vinculado con Teherán y, ya desde aquellos años, favorecía la relación entre Irán, los imputados iraníes por el caso AMIA y ciertos referentes locales, como Luis D’Elía y Fernando
Esteche (“Kirchner ordenó expulsar a D’Elía del gobierno”, La Nación, 14/11/2006; Gallo, Daniel, “Controvertida agenda política del Embajador de Venezuela”, La Nación, 16/11/2006).

Tal comportamiento motivó que el ex Presidente Kirchner removiera inmediatamente a Luis D’Elía de su cargo en el Ejecutivo Nacional, al tiempo que se comunicó con su par de Venezuela, Hugo Chávez, quien a los pocos días hizo cesar la misión diplomática del Embajador Capella en Argentina. En otras palabras y en este contexto, Néstor Kirchner no hesitó en intervenir, aunque la cuestión pudiera generar tensiones con un mandatario extranjero, en este caso, Hugo Chávez, entonces presidente de Venezuela.

En relación al desplazamiento de D’Elía, funcionarios del gobierno de Kirchner explicaron a la prensa que, a entender del presidente, el ex funcionario: “cruzó una línea infranqueable: nunca jamás, un funcionario del gobierno debe abrir juicios sobre causas judiciales abiertas, y menos si atañen a un tema tan sensible como la voladura de la AMIA” (“Kirchner ordenó expulsar a D’Elía del gobierno”, La Nación, 14/11/2006).

También por aquellos años, como quedó expresado en el punto anterior, Néstor Kirchner rechazó distintos intentos iraníes de “negociar” una salida acordada que termine con la investigación judicial en contra de sus nacionales, lo que no solo surge de la causa (ver fs. 116.381/116.383, 117.251/117.253, 118.680 y 118.952/118.953 bis) sino también de lo relatado por los ex Cancilleres Rafael Bielsa y Jorge Taiana, por el ex Jefe de Gabinete Alberto Fernández y por el ex Vice canciller Roberto García Moritán (Dobry, Hernán, “Cancilleres K: el acuerdo con Irán ya había sido rechazado”, Perfil, 23/02/2013; “Irán le ofreció un acuerdo igual a Néstor Kirchner, pero lo rechazó”, Infobae, 14/2/03; “Alberto Fernández: Néstor Kirchner siempre se negó a un acuerdo con Irán”, Iprofesional, 20/2/2013).

Además de los episodios narrados en el acápite previo, apenas libradas las órdenes de captura, Kirchner rechazó un acuerdo que le ofreció Irán que, según atestiguan funcionarios con conocimiento del hecho, era muy parecido al memorando que terminó firmando Héctor Timerman en Etiopía (“Irán le ofreció un acuerdo igual a Néstor Kirchner, pero lo rechazó”, Infobae, 14/02/2013; “Duro cruce de acusaciones entre Timerman y García Moritán”, La Nación, 19/02/2013; “Alberto Fernández: Néstor Kirchner siempre se negó a un acuerdo con Irán”, Iprofesional, 20/02/2013).
La existencia de este antecedente fue confirmada por quien fuera Vice Canciller de 2005 a 2008, Roberto García Moritán, y por el entonces Jefe de Gabinete, Alberto Fernández, es decir, dos altos funcionarios del gobierno de Néstor Kirchner que, por sus respectivos cargos en el Ejecutivo Nacional, se hallaban directamente involucrados en el tratamiento de estas cuestiones.

García Moritán afirmó que los iraníes habían ofrecido un acuerdo que “también tenía 9 puntos y era muy similar al actuar y que “con sus matices, tenía el mismo espíritu” (“Irán le ofreció un acuerdo igual a Néstor Kirchner, pero lo rechazó”, Infobae, 14/2/03).

Por su parte, Alberto Fernández aseveró que hubo “una oferta iraní de empezar conversaciones y buscar un mecanismo de salida, con un tercer país o una comisión. Pero Kirchner siempre se negó…Kirchner nunca aceptó hacer estas cosas…” (“Alberto Fernández: Néstor Kirchner siempre se negó a un acuerdo con Irán”, Iprofesional, 20/2/2013).
Ante estas declaraciones y buscando ocultar los hechos aquí denunciados, Timerman decidió recurrir a la deslegitimación personal de quienes dieron testimonio sobre esta circunstancia, del mismo modo que ya lo había hecho cuando el periodista José Ricardo Eliaschev comunicó la verdadera entidad de las reuniones en Siria (“Duro cruce de acusaciones entre Timerman y García Moritán”, La Nación, 19/02/2013). En vez de rebatir o responder por los hechos que habían tomado estado público, el Canciller recurrió a la falacia “ad hominem”, para intentar ocultar las circunstancias que hacían al plan criminal.

Luego, en ocasión de exponer ante los legisladores, Timerman no tuvo más que reconocer que era cierto lo dicho por García Moritán, en tanto Néstor Kirchner había rechazado un acuerdo con Irán que incluía una comisión, pero para desdibujar los hechos argumentó que lo falso era que dicha propuesta hubiera sido similar al memorando ahora suscripto y señaló: “…rechazamos lo que no incorporaba a la justicia y aceptamos el memorándum que incorpora a la justicia argentina…” (Versión taquigráfica del Plenario de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Congreso Nacional, desarrollado el 26 de febrero de 2013).
Haber dicho que el acuerdo actual es diferente al rechazado por Kirchner porque el Memorando de Entendimiento ha incorporado a la “justicia”, constituyó una falacia argumentativa, dado que de la propia letra del pacto se desprende que la participación de las autoridades judiciales argentinas está supeditada y mediada por la actuación de la comisión, lo que toma pasible de nulidad cualquier acto que pretenda concebirse como procesal. Como se verá más adelante, no será la única ni la más grave de las faalcias. Y así, mediante estas falsas argumentaciones se buscó ocultar una realidad insoslayable: Cristina Fernández autorizó y Héctor Timerman gestionó y firmó un pacto que Néstor Kirchner nunca hubiera aceptado ni permitido suscribir.

Lo afirmado por Roberto García Moritán y Alberto Fernández ha sido corroborado por prueba recientemente obtenida, donde el máximo referente iraní en Argentina, Jorge “Yussuf’ Khalil reconoció expresamente que el acuerdo firmado con Irán es el mismo que estuvo en danza seis años antes y que en aquel entonces había sido rechazado.
En efecto, el 27 de enero de 2013, en sendas comunicaciones, Khalil manifestó en relación al Memorando de Entendimiento: “…lo único que sé, es que es el mismo documento que hicimos nosotros hace seis años y lo presentamos, tanto a la gente de la embajada de Irán como a gente del gobierno…”, “…ese plan lo hicimos con Fernando Esteche hace seis años…”, “…el acuerdo que hicimos hace seis años nosotros con Fernando Esteche y nos trataron de locos a nosotros…cuando lo planteamos, lo mismo, está escrito, hace seis, siete años, en el 2006…nos dijeron ‘están locos, esto no tiene asidero’…hoy lo sacaron…”, “…el mismo, boludo, el mismo pusieron… como lo dijimos nosotros…todo como lo escribimos con Fernando hace seis años…” (Comunicaciones del 27/01/2013, abonado N°11-3315-6908, Archivo B-l 009-2013-01-27-112032-4, CD 266; Archivo B-1009-2013-01-27-112552-12, CD 266; Archivo B-l 009-2013-01-27- 113208-14, CD 266). Y a Luis D’Elía, le confesó: “… ¿Sabés quien me lo escribió a mí, ese día, el memorando ese, quién lo escribió?…Fernando…”, en alusión a Esteche (Comunicación del 27/01/13, abonado N°11-3315- 6908, Archivo B-l009-2013-01-27-174637-12, CD 266).

Lo cierto es que en todos los casos, el gobierno de Néstor Kirchner entendió -justamente- que estas propuestas conllevaban una injerencia inadecuada del Ejecutivo en el ámbito judicial y – fundamentalmente- representaban una claudicación en el reclamo legítimo de memoria y justicia por el caso AMIA.

En suma, durante todo su mandato y podría decirse mientras vivió, el ex Presidente Néstor Kirchner fue consecuente con su postura con el caso AMIA: un fuerte reclamo a Irán por su falta de cooperación en la causa, la firme decisión de rechazar las propuestas iraníes que propiciaban dejar de lado las conclusiones de la justicia argentina y su inestimable apoyo a lo actuado por ella en la investigación por el atentado contra la sede de la AMIA fueron los ejes centrales de esta política de estado.

a) Presidencia de Cristina Elisabet Fernández

La línea forjada por Néstor Kirchner en torno al caso continuó durante los primeros años del mandato de su esposa Cristina Fernández, quien también, en la sede de las Naciones Unidas, reclamó a Irán por su negativa a permitir que los imputados sean sometidos a la justicia argentina.

La inconmovible negativa iraní a cumplir con este legítimo requerimiento fue logrando, de algún modo, erosionar las expectativas del gobierno nacional en los últimos años y, en consecuencia, los reclamos articulados desde entonces evidenciaron condicionamientos que, en cierta medida, los hicieron contraer. En este sentido, el ofrecimiento de realizar el juicio en un tercer país y/o ante la presencia de veedores internacionales representó cierta flexibilización -legítima, por cierto- de la demanda inicial. Sin embargo, aún en esas instancias, el objetivo perseguido consistió siempre en que Irán someta a los imputados a nuestra jurisdicción, es decir, a nuestras leyes, nuestros jueces y a nuestra investigación.

Justamente, en esa línea, el 24 de septiembre de 2010, Cristina Elisabet Fernández Cristina Fernández se dirigió a la Asamblea General de Naciones Unidas y ofreció la posibilidad de elegir de común acuerdo un tercer país en donde llevar a cabo el enjuiciamiento de los ciudadanos iraníes acusados por el atentado (Discurso de Cristina Fernández en la 65° Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, 24 de septiembre de 2010).

Dicha oferta fue respondida mediante una carta del Representante Permanente de la República Islámica de Irán ante Naciones Unidas, Embajador Mohammed Khazaee, en la cual expresó que las acusaciones argentinas carecían de fundamento y que la actual investigación transitaba un »»camino equivocado” que no llevaría a encontrar a los “auténticos autores” del atentado. Tachó de falsa, arbitraria e infundada la acusación a los ciudadanos iraníes, afirmando que el procedimiento judicial argentino estaba plagado de irregularidades, violaba garantías procesales y derechos fundamentales y no tenía por fin la verdad y la justicia. Asimismo, aseveró que: “El Gobierno de la República Islámica del Irán se ha cerciorado de que ningún ciudadano iraní estuvo implicado, directa o indirectamente, en la explosión del AMIA”. Y acusó a las autoridades argentinas de colaborar y financiar a grupos terroristas -como los Muyahidin Jalq- para, finalmente, afirmar que había sido el gobierno argentino el que -hasta ese momento- se había sistemáticamente negado a negociar un marco jurídico de cooperación en cuestiones judiciales, insistiendo en imponer sus decisiones unilaterales (Carta del 28 de septiembre de 2010 dirigida al Presidente de la Asamblea General por el Representante Permanente de la República Islámica de Irán ante las Naciones Unidas, Mohammad Khazaee). En suma, este último ofrecimiento de la Dra. Fernández quedó trunco por una nueva respuesta de Teherán, tan falsa como provocativa.

Hasta aquí, se ha demostrado la consistencia que durante años tuvo la postura oficial argentina en torno al caso AMIA, durante todo el gobierno de Néstor Kirchner y parte del mandato de Cristina Fernández, hasta que, como se verá a continuación, tuvo lugar un cambio radical en la política del gobierno nacional vinculado -y así se sostiene en la presente denuncia- a la decisión de la Cristina Elisabet Fernández, instrumentada especialmente por su Canciller Héctor Marcos Timerman, juntamente con terceros, de avanzar en un plan encubridor que permita a los imputados de nacionalidad iraní eludir y/o sustraerse de la acción de la justicia, a efectos de facilitar un acercamiento geolpolítico e intercambios comerciales a nivel estatal con la República Islámica de Irán, siendo éstos -a juzgar por la prueba reunida- los principales pero no los únicos motivos.

Debe quedar claro que no se está cuestionando un cambio de política exterior -resorte exclusivo del Poder Ejecutivo Nacional y por lo tanto, tema no judiciable-, sino que se denuncia que se haya optado lisa y llanamente por el camino del delito, para borrar una acusación y una investigación judicial en pleno trámite.

El plan de encubrimiento de los imputados iraníes en la causa AMIA

Cristina Elisabet Fernández de la Nación, Cristina Fernández, decidió restablecer relaciones interestatales con Irán. Sabía que para hacerlo plenamente, sin restricciones, debía encausar de algún modo la causa AMIA, que estaba pendiente desde hace años, obstruyendo la agenda bilateral, en virtud de las capturas ordenadas, ratificadas y nunca concretadas. Para abordar y resolver este tema, la Dra. Fernández, junto a su
Canciller, Héctor Timerman, orquestaron y ejecutaron un plan delictivo destinado a garantizar la impunidad definitiva de los acusados iraníes, desvinculándolos fraudulentamente de la pesquisa, y redireccionando la investigación hacia una pista falsa, con otros imputados.

Para ello, mantuvieron negociaciones ocultas con representantes iraníes, por más de un año y medio, a los que se sumaron otros cuatro meses de negociaciones oficiales. Estas tratativas culminaron en la firma del “Memorando de Entendimiento”, suscripto en enero de 2013, una pieza central del plan criminal, dado que sus disposiciones contienen distintos recursos y mecanismos aptos para viabilizar el encubrimiento, con la apariencia de legalidad que la maniobra requiere para ser efectiva.

Irán fue atraído al plan, y así se probará a continuación, por la promesa del Ministro de Relaciones Exteriores argentino de permitir la baja de las notificaciones rojas que pesaban y pesan sobre cinco de sus nacionales. Ello, y así lo indican varios elementos, fue acordado secretamente por Timerman y Salehi por fuera del texto del acuerdo. La frustración de este objetivo, por la intervención de terceros ajenos a la maniobra -Interpol-, desalentó la predisposición iraní hacia el tema, sin que ello impeda el avance del plan criminal por parte de las autoridades argentinas denunciadas, que siguió operativo.

Precisamente, en este punto se analizará de forma completa, el plan de impunidad llevado adelante, que incluye: la decisión de encubrir, la predisposición de ciertas autoridades ejecutivas argentinas a abandonar el reclamo de justicia, la negociación secreta con Irán y los intentos por mantenerla oculta, la negociación pública cuyo contenido también se mantuvo en secreto, el interés por el petróleo iraní, las razones geopolíticas de realineamiento con Teherán, la prometida aquiescencia de Timerman para el cese de las notificaciones rojas, la existencia de compromisos secretos por fuera del Memorando y el armado de una falsa hipótesis alternativa para desplazar las acusaciones judiciales contra los iraníes.»

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