Carné en Argentina
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Concepto de Carné
Definición de carné en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Documento que se expide a favor de una persona, provisto de su fotografía y que la faculta para ejercer ciertas actividades o la acredita como miembro de una determinada agrupación. (Según la definición sobre carné proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). La presentación de la solicitud se acompañará de fotocopia del carné de afiliado. Carné en inglés: identification document. Carné en francés: carnet.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre carné basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.