Capital Social en Argentina en Argentina
Definición de Capital social
Según el concepto de Capital social que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Capital social hace referencia a lo siguiente:
Expresión (o término) cuantitativa del total del valor nominal de las participaciones de los socios en una sociedad. Generalmente se exige que tales participaciones estén no solo autorizadas y emitidas, sino también suscriptas.
Capital Social
Explicación y/o Definición de Capital Social que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Según la ley civil: la totalidad de las prestaciones de los socios que consisten en obligaciones de dar. (Art. 1649 C, Civ).(1)
Concepto de Capital Social
Definición de capital social en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Nombre masculino. Bien público producido como subproducto de otras actividades sociales y basado en las redes horizontales de relación social fundadas en la transitividad de la confianza. (Putnam). (R6.1: 26). El capital social es, además, un bien público especial, en la medida en que no se consume, sino que se incrementa con su uso. (R6.1: 26). Capital Social en inglés: share capital. Capital Social en francés: capital social.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre capital social basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Capital Social en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976