Cambio de Domicilio

Cambio de Domicilio en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Cambio de Domicilio

Explicación y/o Definición de Cambio de Domicilio que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Facultad que no puede ser coartada ni por contrato ni por disposición de última voluntad. El cambio de domícilio se verifica instantáneamente por el hecho de la traslación de la residencia de un lugar a otro con ánimo de permanecer en él y tener allí su principal establecimiento. (Art. 97 C. Civ.)(1)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Cambio de Domicilio en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

Deja un comentario