Bien Propio en Argentina en Argentina
Definición de Bien propio
Según el concepto de Bien propio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bien propio hace referencia a lo siguiente:
Dícese de la persona que, por constituir el patrimonio personal de la mujer o del marido, no forma parte de la masa común del matrimonio ni integra la sociedad de gananciales. (Véase asimismo BIEN GANANCIAL.)
Concepto Alternativo del Término
En otro sentido, variedad de bien comunal (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Bien propio puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).