Bien Mueble

Bien Mueble en Argentina en Argentina

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Definición de Bien mueble

Según el concepto de Bien mueble que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bien mueble hace referencia a lo siguiente:

Dícese de la persona que por sí propio o mediante una fuerza extema es movible o transportable de un lado a otro, siempre que el ordenamiento jurídico no le haya conferido carácter de inmueble por . De esta definición se desprende que también se considera mueble el bien semoviente (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Bien mueble puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). Se consideran asimismo muebles las partes sólidas o fluidas separadas del suelo, como las piedras, tierras, metales, construcciones asentadas en la superficie del suelo con carácter transitorio; los tesoros, monedas y demás objetos puestos bajo el suelo; los materiales reunidos para la construcción de edificios, mientras no estén empleados. Igualmente lo son los públicos o privados acreditativos de la de personales. Las cosus muebles conservan esa condición cuando su adhesión a un inmueble ha sido hecha de manera temporaria o con miras a la profesión del propietario. Generalmente, entre los muebles de una casa, las legislaciones excluyen, pese a su transportabilidad, el dinero, los y papeles, las colecciones científicas o artísticas, los libros y sus estantes, las medallas, las armas, los de artes y oficios, las joyas. las ropas de uso y demás cosas que forman el ajuar de una casa. (Véase asimismo BIEN INMUEBLE).

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