Bien Incorporal en Argentina en Argentina
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Definición de Bien incorporal
Según el concepto de Bien incorporal que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bien incorporal hace referencia a lo siguiente:
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Dícese de la persona que no tiene existencia material; es una concepción meramente intelectual que, a la inversa del bien corporal (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Bien incorporal puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), no cae bajo la acción de nuestros sentidos y no puede, en consecuencia, ni verse ni tocarse. En general se conceptúan de incorporales todos los derechos, abstracción hecha de las cosas sobre las que recaigan.
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