Bien Corporal en Argentina en Argentina
Definición de Bien corporal
Según el concepto de Bien corporal que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bien corporal hace referencia a lo siguiente:
Este término se denomina así el que, por su materialidad, puede ser apreciado por nuestros sentidos o, más propiamente, por la vista o por el tacto. Pero, en realidad, las cosas materiales objeto de la referida apreciación sólo tienen el carácter de bien cuando son susceptibles de valor.