Bien Adventicio

Bien Adventicio en Argentina en Argentina

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Definición de Bien adventicio

Según el concepto de Bien adventicio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bien adventicio hace referencia a lo siguiente:

Dícese de la persona que el hijo de familia bajo patria potestad adquiere por sus servicios civiles. militares o eclesiásticos, por su trabajo o industria, por juego, apuestas u otros casos fortuitos, y por herencia derivada de la incapacidad del padre para ser heredero. Se entiende que esta definición es orientadora, y que no en todas las legislaciones ha de ser igual. Como norma general, es característica de los bienes adventicios que el usufructo corresponda al hijo, y no a los padres, y en este sentido podrían incluirse también los bienes adquiridos por herencia, donación o legado, cuando el donante o testador ha dispuesto que el usufructo corresponda al hijo.

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