Automutilación en Argentina en Argentina
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Definición de Automutilación
Según el concepto de Automutilación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Automutilación hace referencia a lo siguiente:
Lesión corporal que una persona se hace a sí misma y que le ocasiona la pérdida de algún órgano o miembro. Constituye, en doctrina, un ilícito jurídico, pero no representa la comisión de un delito, ya que ni siquiera lo es el suicidio. Únicamente la automutilación es susceptible de sanción penal cuando se ha efectuado con el propósito de obtener un beneficio para sí o para otro, como sucede en los casos típicos de evitar el cumplimiento del servicio militar obligatorio o de obtener el pago de un seguro de invalidez. El tema de la automutilación ha adquirido actualidad a partir de la posibilidad de practicar intervenciones quirúrgicas para el trasplante de órganos, ya que se presenta el problema jurídico de determinar hasta qué punto es lícito a una persona hacerse mutilar para que se lleve a cabo el transplante. Pareceque el criterio más extendido se inclina hacia la licitud de tales actos, sobre todo cuando no se hacen con intención lucrativa, sino puramente humanitaria, generalmente en provecho de algún familiar.