Albalá

Albalá en Argentina en Argentina

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Definición de Albalá

Según el concepto de Albalá que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Albalá hace referencia a lo siguiente:

Carta o cédula real que concedía alguna merced o proveía otra cosa.

Concepto Alternativo del Término

Documento público o privado en que se hacía constar una cosa (según la definición proporcionada por el Diccionario de la Academia de la Lengua).

Más sobre Albalá

En la segunda acepción se dice también albarán (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Albalá puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).

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