Agrupación Temporal de Empresas

Agrupación Temporal de Empresas en Argentina en Argentina

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Definición de Agrupación temporal de empresas

Según el concepto de Agrupación temporal de empresas que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Agrupación temporal de empresas hace referencia a lo siguiente:

Sin perder ni transitoriamente sus distintas personalidades jurídicas, ya actúen por gestión individual, ya según normas de sociedades civiles o mercantiles, en la moderna legislación se permite la asociación temporal de empresarios para el mejor desarrollo o ejecución de una obra, servicio o suministro, con derecho a disfrutar de los beneficios tributarios que se establecen. Esas uniones deben convenirse en escritura pública, por un plazo máximo de diez años, contar con un gerente único y responder solidariamente, sin perjuicio del derecho a repetir entre sí, conforme al derecho general o a los pactos particulares.

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