Aeronave

Aeronave en Argentina en Argentina

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Definición de Aeronave

Según el concepto de Aeronave que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Aeronave hace referencia a lo siguiente:

En el lenguaje académico al menos, durante el primer medio siglo de la navegación aérea, se recomendaba este vocablo para los dirigibles, para los globos; quizás por el argumento etimológico de no solo surcar el aire, sino también haciéndolo valiéndose de fluidos, más o menos emparentados con él. Reaccionando ante duras objeciones, la docta corporación define ahora el vocablo, con cautela y gran amplitud, como «vehículo capaz de navegar por el aire». Técnicamente, en la actualidad, por aeronave se entiende todo aparato que se eleva, se sostiene en el aire y vuelve a la tierra o al agua convenientemente dirigido, llevando personas o cosas, y guiado por un piloto que va a bordo o por procedimientos automáticos, manejados desde otro punto fijo o móvil. En definición legal esp. de 1969, «se entiende por aeronave, toda construcción apta para el transporte de personas o cosas, capaz de moverse en la atmósfera, merced alas reacciones del aire, sea o no más ligera que éste y tenga, o no, órganos motopropulsores.

Aeronave en el Derecho Argentino

Visión General

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