Adquisición ínter Vivos

Adquisición ínter Vivos en Argentina en Argentina

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Definición de Adquisición ínter vivos

Según el concepto de Adquisición ínter vivos que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Adquisición ínter vivos hace referencia a lo siguiente:

La que debe surtir efecto o realizarse en vida del transmitente, como una permuta o una donación con entrega inmediata de bienes. Cabe que el negocio jurídico se perfeccione entre vivos y se produzca la adquisición luego de la muerte del causante, por subsiguiente acaecimiento de ésta, lo cual no quita a aquel acto su naturaleza entre vivientes, ya que la adquisición no dependía de la muerte. (Véase asimismo ADQUISICIÓN MORTIS CAUSA.)

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