Adjunción

Adjunción en Argentina en Argentina

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Definición de Adjunción

Según el concepto de Adjunción que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Adjunción hace referencia a lo siguiente:

Especie de accesión (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Adjunción puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) que se verifica cuando se juntan dos cosas muebles pertenecientes a diferentes dueños, pero de modo que puedan separarse o subsistir cada una después de separada.

Concepto Alternativo del Término

Añadidura, agregación (según la definición proporcionada por el Diccionario de la Academia de la Lengua).

Más sobre Adjunción

Para Capitant, equivale a accesión. El Código Civil argentino difiere de la definición académica, puesto que entiende que la adjunción se produce cuando dos cosas muebles, pertenecientes a distintos dueños, se unen para formar una sola cosa, que adquiere el propietario de la principal, mediante el pago al dueño de la accesoria de lo que ella valiere, aun en el caso de ser posible la separación.

Adjunción en el Derecho Argentino

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