Adjudicación

Adjudicación en Argentina en Argentina

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Definición de Adjudicación

Según el concepto de Adjudicación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Adjudicación hace referencia a lo siguiente:

Acción y efecto de conceder auno la propiedad de alguna cosa. Generalmente, la adjudicación se hace por la autoridad judicial o administrativa competente; por ejemplo, cuando se distribuyen los bienes de la herencia entre los herederos o legatarios, o cuando se otorga a favor de un determinado licitante la realización de obras, suministros o servicios públicos.

Concepto Alternativo del Término

Aplícase también en el orden privado para significar que, en una subasta, el subastador adjudica la cosa subastada al mejor postor.

Adjudicación en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Adjudicación f

Definición de adjudicación f en el contexto del derecho administrativo público argentino: Acción y efecto de conceder a uno la propiedad de alguna cosa. (DCJPS).

Significado Alternativo de Adjudicación f

Acto administrativo que perfecciona el contrato. (L17: 90). El órgano que emite el acto administrativo de adjudicación varía según el monto de la adjudicación. (L17: 90). Adjudicación f en inglés: allotment. Adjudicación f en francés: adjudication.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre adjudicación f basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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