Acuerdo

Acuerdo en Argentina en Argentina

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Definición de Acuerdo

Según el concepto de Acuerdo que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Acuerdo hace referencia a lo siguiente:

Resolución adoptada en asuntos de su competencia por un tribunal colegiado en la reunión o junta de sus miembros que se celebra a tales efectos.

Concepto Alternativo del Término

También, la reunión misma. En ese sentido se dice que los jueces de un tribunal están en acuerdo cuando se encuentran reunidos para deliberar y tomar decisiones, generalmente para pronunciar sentencias.

Acuerdo en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Acuerdo

Definición de acuerdo en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Resolución que se toma en los tribunales, sociedades, comunidades u órganos colegiados. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Acuerdo

Convenio entre dos o más partes. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Acuerdo

Parecer, dictamen o consejo. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Acuerdo

Arg. Pleno de ministros que se reúne para deliberar sobre asuntos del Estado por convocatoria del presidente. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Acuerdo

Arg. Reunión plenaria por salas que celebran los miembros de un tribunal de justicia para resolver casos judiciales o administrativos. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Acuerdo

Arg., Hond. y Urug. Conformidad que otorga el senado a algunos nombramientos hechos por el poder ejecutivo. (Según la definición sobre acuerdo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Una idea central era que este acuerdo debía servir no para cerrarse sobre sí mismo sino para dar mayores oportunidades para que las economías de los países salieran a integrarse al mundo. (L3: 14). Acuerdo en inglés: agreement. Acuerdo en francés: accord.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre acuerdo basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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