Acuerdo Simplificado en Argentina en Argentina
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Definición de Acuerdo simplificado
Según el concepto de Acuerdo simplificado que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Acuerdo simplificado hace referencia a lo siguiente:
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En Derecho Internacional Público, una modalidad de los tratados entre naciones, que en los tiempos actuales ha adquirido importante desarrollo, y caracterizada por no estar sometido el acuerdo a ratificación, sino que entra en vigor desde el momento de ser firmado. Presenta, pues, una importancia secundaria en relación con aquellos acuerdos necesitados de ratificación legal para su validez.