Acción Directa

Acción Directa en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]

Definición de Acción directa

Según el concepto de Acción directa que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Acción directa hace referencia a lo siguiente:

La que en su propio nombre ejercita una persona contra el causahabiente de quien con él contrató y prescindiendo de éste; por ejemplo, la del mandante contra el substituto del mandatario, la de la víctima de un accidente contra el asegurador por cuenta del responsable. Representa la acción opuesta a la acción oblicua, indirecta o subrogatoria (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Acción directa puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).

Acción Directa en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario