Abogado Canónico en Argentina en Argentina
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Definición de Abogado canónico
Según el concepto de Abogado canónico que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Abogado canónico hace referencia a lo siguiente:
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Dícese de la persona que, admitido por el obispo para desempeñar esa función ante la jurisdicción eclesiástica, defiende los derechos de los litigantes. Se requiere para ello ser católico no excomulgado, mayoría de edad, buena fama y doctorado en Derecho Canónico o, por lo menos, pericia en esa disciplina (canon 657). La admisión puede tener carácter general o estar referida a una sola causa.