A Priori

A Priori en Argentina en Argentina

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Definición de A priori

Según el concepto de A priori que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, A priori hace referencia a lo siguiente:

Conforme a su etimología, equivale a la locución «por lo que precede» e indica la demostración consistente en descender de la causa al efecto, o de la esencia de una cosa a sus propiedades. Por oposición con a posteriori (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre A priori puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), significa toda idea o juicio que la inteligencia formula sin el concurso de la experiencia histórica, mediante el desarrollo descendente de un principio universal.

Concepto de A Priori

Definición de a priori en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Adverbio. (Locución latina; literalmente, ‘de lo anterior’). Antes de examinar el asunto de que se trata. (Según la definición sobre a priori proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). En la medición de la satisfacción del usuario, la variable confirmación/desconfirmación surge de la discrepancia entre las expectativas formadas a priori y la posterior performance real del servicio. (Doc.451: 17). A Priori en inglés: a priori. A Priori en francés: a priori.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre a priori basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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